La aprobaci¨®n de la reforma fiscal incluye un IRPF adaptado a la intermitencia de ingresos de los artistas
Una enmienda de Sumar introduce en el proyecto de ley una reducci¨®n del impuesto para creadores y t¨¦cnicos cuando sus rendimientos de un a?o sean superiores al 130% de la media del trienio anterior
Una obra cultural nace el d¨ªa que su creador la concibe. Luego crece, durante semanas, meses o incluso a?os. Al p¨²blico, sin embargo, no llega hasta mucho despu¨¦s de su origen. Y solo entonces empieza a generar dinero. Lo experimenta cualquier trabajador del sector. Y lo acaba de reconocer la reforma fiscal aprobada este jueves, tras una tumultuosa negociaci¨®n, en el Congreso. Entre otras muchas medidas, el texto incluye una de las m¨¢s solicitadas por la cultura: que Hacienda tenga en cuenta la intermitencia de artistas y t¨¦cnicos a la hora de exigirles el pago del IRPF. El impuesto pretende reflejar as¨ª el proceso creativo: apenas da beneficios ¡ªm¨¢s bien, suele generar p¨¦rdidas¡ª durante la larga elaboraci¨®n, mientras que el estreno concentra todos los ingresos en un corto plazo de tiempo. De ah¨ª que tradicionalmente se disparara el pago a la Agencia Tributaria y la sensaci¨®n de injusticia por parte de los artistas.
Ahora, en cambio, pueden celebrar uno de los avances que m¨¢s reclamaron en los ¨²ltimos tiempos. Se trata de liberar del IRPF una parte de los rendimientos del trabajo y la actividad econ¨®mica derivados de iniciativas art¨ªsticas o culturales, si su importe var¨ªa mucho de un a?o a otro. En concreto, cuando el beneficio neto de un a?o sea superior al 130% de la media del trienio anterior, se establece que un 30% de la diferencia generada ese a?o sea exento del impuesto. La base m¨¢xima sobre la que se aplica la reducci¨®n, adem¨¢s, no puede superar los 150.000 euros anuales. El texto nombra expl¨ªcitamente entre los beneficiarios a ¡°obras literarias, art¨ªsticas o cient¨ªficas¡± y ¡°artes esc¨¦nicas, audiovisuales y musicales, as¨ª como las personas que realizan actividades t¨¦cnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo¡± de esas actividades. Har¨¢ falta, eso s¨ª, que la reforma fiscal salga adelante en el Senado y vuelva al Congreso para su aprobaci¨®n definitiva.
Espa?a avanza en una nueva fiscalidad m¨¢s justa. Ha sido un acuerdo dif¨ªcil que finalmente incluye algunos avances importantes impulsados por @sumar para avanzar en justicia fiscal.
— Ernest Urtasun (@ernesturtasun) November 21, 2024
? Os cuento los avances en este hilo:https://t.co/RoMlHSfZX0
El Ministro de Cultura, Ernest Urtasun, mostr¨® enseguida su alegr¨ªa con un mensaje en la red social X. Y su ministerio ofreci¨®, en una nota remitida a los medios, un ejemplo pr¨¢ctico de lo que supone el cambio: ¡°Suponiendo que un artista percibe 50.000 euros de rendimiento positivo en 2025 y la media de los rendimientos de los tres a?os anteriores es de 21.666,66 euros (15.000 euros de rendimiento positivo en 2024, 10.000 euros en 2023 y 40.000 euros en 2022). Como el 130% de la media ser¨ªan 28.165 euros y en 2025 se obtiene un importe que excede esa cantidad, se cumple el requisito y se aplicar¨ªa la reducci¨®n del 30% sobre el exceso, que asciende a 6.550 euros. As¨ª, el rendimiento de 2025 por el que tendr¨ªa que tributar ser¨ªa el resultado de restar dicha cantidad al rendimiento positivo de ese a?o, es decir, 43.450 euros¡±.
Se da as¨ª, adem¨¢s, otro paso en el accidentado sendero para completar al fin el Estatuto del Artista, unas 60 medidas incluidas en un informe que los grupos pol¨ªticos adoptaron por unanimidad all¨¢ por 2018, para crear un marco legal m¨¢s adecuado para el trabajo creativo. Desde entonces, algunas propuestas se hicieron realidad ¡ªla compatibilidad entre percibir la pensi¨®n y rendimientos por actividades art¨ªsticas de cualquier tipo; una prestaci¨®n por desempleo que exige menos d¨ªas cotizados; o un nuevo contrato laboral art¨ªstico¡ª pero otras siguen en el caj¨®n de los sue?os, seis a?os despu¨¦s. Desde hoy, el IRPF adaptado va camino de abandonar la categor¨ªa de promesa incumplida.
En realidad, el debate sobre el plan fiscal, centro de todos los focos del Congreso durante d¨ªas, apenas ha mencionado esta medida. Al fin y al cabo, la cultura casi siempre ocupa un plano menor en los discursos pol¨ªticos. Ni est¨¢ ni se le espera. Y cuando s¨ª aparece, suele ser para un cameo: un gui?o, casi nunca un papel protagonista. Este caso tampoco ha supuesto una excepci¨®n. Se ha hablado del tipo m¨ªnimo del 15% a las multinacionales, del impuesto a las energ¨¦ticas, la banca o los cigarrillos electr¨®nicos. Ni el resumen del proyecto de ley ni la gran mayor¨ªa de las conversaciones citaron la ¡°disposici¨®n adicional sexag¨¦sima¡±, colocada hacia el final de las 184 p¨¢ginas. E introducida gracias a una enmienda del socio minoritario de Gobierno, Sumar, en el paso de la reforma por la Comisi¨®n de Hacienda. All¨ª, votaron a favor Sumar, PSOE, Bildu, ERC, Junts y PNV. Se abstuvieron PP y Grupo Mixto, donde se encuentra Podemos entre otros. Solo se opuso Vox.
Aunque al sector le importa relativamente el camuflaje de la medida dentro de la reforma. Lo que cuenta es que uno de los mayores caballos de batalla de la cultura galopa hacia la entrada en vigor. De ah¨ª que ahora las miradas se vuelvan hacia los otros pilares que a¨²n quedan para levantar el Estatuto del Artista: el reconocimiento de enfermedades laborales espec¨ªficas, como una afon¨ªa para un cantante; una revisi¨®n integral del trabajador cultural aut¨®nomo, con cuotas y prestaci¨®n por cese de actividad que tambi¨¦n tengan en cuenta la intermitencia; o la modificaci¨®n del Real Decreto de 1985 que a¨²n regula la relaci¨®n laboral de los artistas en algunos ¨¢mbitos, ya que muchos fueron actualizados en 2022: todav¨ªa hay que definir la regulaci¨®n de trabajadores menores de 16 a?os o la reducci¨®n de abusos en la contrataci¨®n a tiempo parcial, entre otros aspectos. Resulta improbable que las medidas generen muchos debates entre los partidos. Aunque la cultura pide a los pol¨ªticos lo mismo que todos: hechos.
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