Sin bache no habr¨ªa habido accidente
El Supremo condena al Gobierno navarro por la ca¨ªda de un ciclista que qued¨® tetrapl¨¦jico
"Si no hubiera habido bache no habr¨ªa habido accidente¡±, y si hay bache, ¡°la responsabilidad es de la Administraci¨®n encargada del mantenimiento de la v¨ªa¡±. Con este argumento, el Tribunal Supremo ha sentenciado que el Gobierno navarro debe indemnizar con m¨¢s de un mill¨®n de euros a Manuel X, que qued¨® tetrapl¨¦jico tras sufrir una ca¨ªda de su bicicleta, y su esposa, Micaela Y, que debe atenderlo las 24 horas del d¨ªa.
El d¨ªa de San Juan de 2009, Manuel X y su amigo Federico Z descend¨ªan en bicicleta el puerto de Iba?eta camino de San Juan Pie de Puerto por Roncesvalles, donde pensaban iniciar el Camino de Santiago cuando la bicicleta del primero pill¨® un bache de la carretera, se qued¨® clavada y, como una catapulta, envi¨® al ciclista por los aires. Manuel cay¨® de cara y qued¨® inerte en el suelo, y el casco se rompi¨®. Manuel no volvi¨® a andar. Cuando reclam¨® una indemnizaci¨®n por su tetraplejia para ¨¦l y para su mujer, que deb¨ªa atenderle 24 horas al d¨ªa, el Gobierno navarro, la Administraci¨®n responsable del mantenimiento de la carretera, le respondi¨® que, si bien hab¨ªa un bache, el accidente no se habr¨ªa producido si Manuel no hubiera marchado tan r¨¢pido, por encima seguramente de los 30 kil¨®metros por hora recomendados, y que la culpa, y por tanto la indemnizaci¨®n, deb¨ªa ser compartida. En vez del m¨¢s de mill¨®n de euros que solicitaba, la comunidad foral le concedi¨® 377.000.
Apoy¨¢ndose en el atestado del accidente emitido por la polic¨ªa de tr¨¢fico, Manuel X (su apellido no figura en la sentencia) recurri¨® a la justicia ordinaria. El informe policial, posteriormente ratificado por un perito judicial, establec¨ªa la existencia de dos baches, el primero de 1,36 metros de largo, 0,37 metros de ancho, y una profundidad m¨¢xima de 5,5 cent¨ªmetros; y el segundo de 0,90 metros de largo, 0,33 metros de ancho y una profundidad m¨¢xima de 3 cent¨ªmetros. Tambi¨¦n se?ala la polic¨ªa foral que los ¨¢rboles de la carretera generaban contrastes de luces y sombras que escond¨ªan los baches a la vista. Y teniendo en cuenta que el vuelo sobre la bicicleta fue de unos tres metros, la polic¨ªa concluye que su velocidad deb¨ªa de ser de unos 23 kil¨®metros por hora. Considera, finalmente, causa eficiente o principal del accidente, sin la cual este no se hubiera producido, la p¨¦rdida de control de la bicicleta al pasar por encima de los baches existentes en la calzada.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra acept¨® su reclamaci¨®n y le dio la raz¨®n, fij¨¢ndole una indemnizaci¨®n de 1.070.559,30 euros para Manuel X y de 131.046,89 euros para su esposa, Micaela Y. Ni el Gobierno de Navarra ni la compa?¨ªa de seguros que deb¨ªa pagar la indemnizaci¨®n consideraron justo el fallo y lo recurrieron al Supremo, donde ha vuelto a quedar claro que la culpa fue solo del bache, y que del bache ten¨ªa culpa la Administraci¨®n que no manten¨ªa la v¨ªa en buen estado.
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