El Supremo reconoce a los futbolistas de ¨¦lite su derecho a indemnizaci¨®n
El Alto Tribunal da la raz¨®n al jugador Sergio Mora, que reclamaba al Alcorc¨®n una indemnizaci¨®n de 34.000 euros tras jugar seis temporadas en el equipo
El Tribunal Supremo ha aclarado que los futbolistas profesionales, sean o no considerados de elite, tienen derecho al pago de una indemnizaci¨®n por la finalizaci¨®n de un contrato, como establece el Estatuto General de los Trabajadores.
La Sala de lo Social ha dictado una sentencia, que refuerza su doctrina fijada en 2014, en la que da la raz¨®n al exjugador del Getafe y Rayo Vallecano Sergio Mora que reclamaba al Alcorc¨®n el pago de una indemnizaci¨®n de 34.576 euros tras jugar en el conjunto alfarero seis temporadas, ante de fichar por el Alav¨¦s.
Revoca as¨ª la sentencia del Juzgado de lo Social n¨²mero 4 de Madrid, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia, que rechaz¨® la demanda del jugador por entender que hab¨ªa tenido una carrera exitosa y que la indemnizaci¨®n proced¨ªa en el caso de los deportistas con resultados humildes pero no en los "de elite".
La resoluci¨®n estim¨® que, aunque no cobraba un sueldo millonario, s¨ª se encontraba en mejor situaci¨®n que otros futbolistas de Segunda Divisi¨®n B o categor¨ªas inferiores. Pero ahora el Supremo entiende que los futbolistas profesionales, sean o no considerados de elite, tienen derecho a cobrar la indemnizaci¨®n legalmente prevista en el 49.1 del Estatuto de los Trabajadores cuando acabe su contrato temporal al cumplirse el tiempo pactado y que su aplicaci¨®n "no puede depender de su mayor o menor nivel retributivo".
Al respecto, precisa que se aplica siempre que ha habido una contrataci¨®n temporal que llega a su t¨¦rmino "con independencia de cu¨¢l sea el salario de la persona afectada o su posici¨®n respecto del importe previsto por el convenio colectivo".
El tribunal se ampara en que "el contrato laboral que vinculaba al futbolista y a su club ha finalizado por expiraci¨®n del tiempo convenido; la regulaci¨®n laboral com¨²n es supletoria de la especial para este contrato" y "que el estatuto de los Trabajadores contempla una indemnizaci¨®n por finalizaci¨®n de contrato temporal".
Y afirma que "existen poderosas razones para extender al ¨¢mbito de los deportistas con contrato temporal las mismas condiciones que las disfrutadas por las personas con contratos de r¨¦gimen com¨²n" y que "el nivel retributivo no aparece en norma alguna como modulador de los derechos frente a la empresa". De ese modo, precisan los magistrados, "cuando finaliza el contrato temporal de un futbolista por expirar el tiempo convenido, por elevado que sea su salario, se hace acreedor de la indemnizaci¨®n" prevista en el Estatuto de los Trabajadores.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio V. Sempere, cuenta con el voto particular de Miguel ?ngel Luelmo Mill¨¢n que expresa su discrepancia con el criterio de la mayor¨ªa y en el que defiende que deb¨ªa desestimarse el recurso del futbolista, de acuerdo con el Ministerio Fiscal.
Con 39 a?os, el centrocampista madrile?o se retir¨® en 2018 tras 47 partidos en Primera, donde visti¨® las camisetas del Rayo y el Getafe. Durante su carrera, pas¨® por las filas del H¨¦rcules, el Benidorm, el Alcoyano, el Alcorc¨®n, donde form¨® parte del famoso Alcorconazo de la Copa del Rey contra el Real Madrid, y el Alav¨¦s.
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