La gr¨²a municipal se lleva coches con multas pendientes
La gr¨²a municipal de Madrid, aparte de las funciones que diariamente cumple para retirar veh¨ªculos que est¨¢n entorpeciendo el tr¨¢fico en la ciudad o que est¨¢n, simplemente, mal aparcados, parece estar dedicada, desde hace tres d¨ªas, a intervenir los veh¨ªculos que, a pesar de estar bien aparcados, tienen pendientes sobre ellos alguna sanci¨®n municipal por falta cometida en la circulaci¨®n. Este es el caso ocurrido el lunes por la noche, en la calle de Nierenberg. El afectado fue Faustino Ponce, quien, a pesar de haber colocado su coche en lugar permitido, hubo de presenciar c¨®mo la gr¨²a se lo llevaba -para precintarlo, dijeron- al dep¨®sito de La Bombilla. En la Delegaci¨®n de Seguridad y Polic¨ªa Municipal del Ayuntamiento se inform¨® a EL PAIS que s¨®lo se trataba de precintar ¨¦l coche. ?No se iba a dejar precintado el veh¨ªculo en plena calle.? Esto s¨®lo se hace una vez que se han agotado los seis tr¨¢mites que se contemplan en la v¨ªa ejecutiva para el pago de las multas.
El d¨ªa 2 de diciembre de 1975, es decir, hace hoy un a?o, el coche propiedad de Faustino Ponce, matr¨ªcula de Madrid 4545-AJ, fue multado por estacionar en un paso de carruajes, justamente en el n¨²mero 5 de la calle de Nierenberg, la misma en la que ¨¦l vive, frente a la delegaci¨®n en Madrid de Galletas Reglero. Lleg¨® la gr¨²a dispuesta a retirar el veh¨ªculo mal aparcado, pero el propietario logr¨® convencer a los agentes encargados de tal retirada que se contaba con el permiso t¨¢cito del encargado del zimac¨¦n que provocaba el paso de carruajes.Dos denuncias se recibieron en el domicilio del se?or Ponce, en las que se le comunicaba el posible recargo de la multa. Esto sucedi¨® antes del 29 de abril, fecha en que se recibi¨® una c¨¦dula de embargo, en la que se comunicaba que, caso de no hacer efectivo el importe de la multa m¨¢s los recargos, ser¨ªan embargados sus bienes por el total de lo que deb¨ªa a la Hacienda municipal.
Dos veces m¨¢s se presentaron en el domicilio del se?or Ponce agentes de la Polic¨ªa Municipal para intentar cobrar, por la v¨ªa de apremio, el importe de la multa. Sin embargo, en las dos ocasiones, el se?or Ponce estaba de viaje y su mujer no quiso pagar la multa sin que estuviese su marido.
El tema parec¨ªa zanjado cuando el lunes pasado, a las doce y media de la noche, cuando la se?ora de Ponce bajaba la basura al portal, vio, no sin asombro, que una gr¨²a estaba retirando su coche de la calle de Nierenberg, donde estaba perfectamente aparcado, sin molestar para nada a la casi nula circulaci¨®n que se registraba a esa hora.
Preguntados los encargados de la gr¨²a del por qu¨¦ se llevaban el coche, contestaron que ten¨ªan una orden judicial para hacerlo y que, para recuperar el coche, ten¨ªan que pagar las multas que tuvieran pendientes, en la calle de Los Madrazo, 18, y despu¨¦s ir a recoger el veh¨ªculo a La Bombilla.
La gr¨²a y su jurisdicci¨®n
Ante la sospecha de que este embargo no entrara del todo dentro de la legalidad, el se?or Ponce avis¨® a la Polic¨ªa Municipal, que, llegada al lugar, dio toda la, raz¨®n a los operarios de la gr¨²a. Con esto qued¨®, moment¨¢neamente, zanjada la cuesti¨®n y la gr¨²a se llev¨® el coche.Pagada la multa puesta hace casi un a?o, el se?or Ponce pudo, al d¨ªa siguiente, retirar su coche del dep¨®sito de la gr¨²a, en la avenida de Valladolid. ?Ahora, lo que me pregunto es si puedo yo alegar contra lo que considero un atropello y un abuso de autoridad?, dice.
Seg¨²n la c¨¦dula de embargo recibida por el se?or Ponce, se proceder¨ªa, caso de impago, de acuerdo con los art¨ªculos 109, 110 y 111 del Reglamento General de Recaudaci¨®n. Concretamente, el art¨ªculo 109 especifica que podr¨¢ el deudor, ?dentro de cada grupo de embargables, se?alar unos determinados que, a juicio del recaudador, garanticen el pago del d¨¦bito?. Sin embargo, nada dice la Ley, por lo menos la citada por la oficina recaudadora, en los art¨ªculos referidos. Esto es, el bien a embargar
?Qui¨¦n era, en este caso, el agente recaudador? ?El funcionario encargado de la gr¨²a? Porque, seg¨²n parece, los ¨²nicos presentes en este embargo eran los agentes municipales y el embargado que se quedaba sin coche, a pesar de estar bien aparcado. ?D¨®nde estaba el juez correspondiente? -en este caso, el coche- no es un bien ¨²nico que ha de se?alarse previamente sin conocimiento del embargado, sino que ¨¦ste tiene derecho a designar otros, si, a juicio del recaudador -como dice la Ley- cubren el d¨¦bito a fa Hacienda.
Un despacho de abogados, dedicados a estos temas en gran medida, consultado por EL PAIS, inform¨® que las multas de tr¨¢fico prescriben en el t¨¦rmino de sesenta d¨ªas, tras los cuales no se pueden efectuar reclamaciones administrativas o penales de ning¨²n tipo sobre ellas. ?Pero ese plazo de sesenta d¨ªas -se dijo en la Delegaci¨®n de Seguridad y Polic¨ªa Municipal- se interrumpe en el momento enque se empiezan las actuaciones correspondientes. Y eso empez¨® el d¨ªa en que ese se?or recibi¨® la primera notificaci¨®n de denuncia.?
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