Los sindicatos democr¨¢ticos contra la regulaci¨®n verticalista de la huelga
Un rechazo absoluto a la propuesta de ley de derecho a huelga, presentada a las Cortes por el Consejo Nacional de Trabajadores (ver EL PAIS de ayer), es el denominador com¨²n de las respuestas dadas por Comisiones Obreras, Solidaridad de Obreros de Catalu?a, Confederaci¨®n Nacional del Trabajo, Uni¨®n Sindical Obrera y Uni¨®n General de Trabajadores, a una encuesta sobre el tema realizada por Europa Press.
Marcelino Camacho, en nombre de CCOO, condena el oportunismo pol¨ªtico y electoral de los verticalistas que postulan ahora, para sobrevivir, el derecho de huelga, al que tantas veces se han opuesto. El derecho de huelga que defiende CCOO, seg¨²n Marcelino Camacho, debe basarse en el pleno reconocimiento de tal derecho, lo que supone la derogaci¨®n de toda la legislaci¨®n limitativa de su ejercicio y la reforma del c¨®digo penal.Para Xavier Casas, representante del SOC, la propuesta de ley se produce en una situaci¨®n de falta de libertades, lo que permite el absurdo de que el proyecto encomiende al Ministerio de Trabajo el desarrollo del mismo. ?Hombres como Noel Zapico, que en 1974 se opon¨ªa a la ratificaci¨®n del convenio 87 de la OIT, y en 1976 dice que el Gobierno debe ratificarlo, no son precisamente los id¨®neos para presentar proyectos como el que nos ocupa.? Para el SOC, el derecho de huelga debe estar precedido por la libertad de asociaci¨®n sindical y su regulaci¨®n tiene que producirse tras un proceso de discusi¨®n democr¨¢tica en un parlamento, en base a un proyecto realizado por las centrales y el Gobierno.
La CNT, por su parte, considera la huelga como un derecho inherente de los trabajadores, que no puede ser legislado o regulado en modo alguno por un organismo estatal o paraestatal. Son los trabajadores y la patronal, en cada caso, opina el secretariado permanente, quien deben regular la huelga.
Jos¨¦ Mar¨ªa Zufiaur, secretario general de USO, encuentra que el proyecto del Consejo Nacional adolece de un defecto b¨¢sico: partir del principio de que el derecho de huelga ha de ser reglamentado. USO entiende que el derecho de huelga debe ser reconocido constitucionalmente, y que a partir de tal reconocimiento, suprimida la legislaci¨®n limitativa de su ejercicio, los l¨ªmites de la huelga deben ser el c¨®digo penal, y su regulaci¨®n, la actuaci¨®n responsable de trabajadores y centrales sindicales.
Manuel Chaves, miembro de la ejecutiva de UGT, espera que la iniciativa de los verticalistas no pase de ser eso, una iniciativa. Opina que la regulaci¨®n de la huelga pod¨ªa ser hecha por el Gobierno, al menos transitoriamente, hasta unas futuras Cortes constituyentes, a trav¨¦s de un decreto-ley en cuya elaboraci¨®n participen las centrales sindicales. La postura de la UGT sobre el tema es el reconocimiento constitucional del derecho a huelga sin otras limitaciones que las usuales en el resto de los derechos reconocidos. El ejercicio de este derecho debe ser reconocido s¨®lo a las centrales sindicales democr¨¢ticas.
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