Siete amnist¨ªas y doce indultos desde 1936
La amnist¨ªa concedida por real decreto-ley de 30 de julio de 1976, cuya aplicaci¨®n es ahora ampliada por las nuevas disposiciones acordadas por el Gobierno, alcanzaba, seg¨²n el articulado del decreto-ley, a todos los delitos y faltas de intencionalidad pol¨ªtica y de opini¨®n comprendidas en el C¨®digo Penal o leyes penales especiales, en tanto no hayan puesto en peligro o lesionado la vida o integridad de las personas, o el patrimonio econ¨®mico de la naci¨®n a trav¨¦s del contrabando.Quedaban tambi¨¦n amnistiados, seg¨²n el decreto, los delitos de rebeli¨®n y sedici¨®n tipificados en el C¨®digo de Justicia Militar y los quebratamientos de condena de los delitos amnistiados. Tambi¨¦n se amnistiaba a los pr¨®fugos, desertores y objetores de conciencia, as¨ª como las infracciones administrativas, con exclusi¨®n de los delitos monetarios.
Esta amnist¨ªa estuvo precedida, en el tiempo y en el sentido pol¨ªtico la medida, de gracia, por el llamado indulto de coronaci¨®n, proclamado el 25 de noviembre de 1975, al asumir don Juan Carlos la jefatura del Estado. Este indulto afect¨® indiscriminadamente a los delitos pol¨ªticos y comunes, y consisti¨® fundamentalmente en una rebaja porcentual de penas.
Otras amnist¨ªas renombradas en la reciente historia de Espa?a son las que el r¨¦gimen del general Franco concedi¨® en 1936 y 1939. La primera de ellas amnistiaba a todos aquellos que se hubiesen rebelado militarmente en el Alzamiento, mientras en la segunda se amnist¨ªaban todas las conductas delictivas que hubieran realizado personas afectas al Movimiento Nacional y a favor de ¨¦ste.
En total, durante el per¨ªodo 1936-1975 fueron proclamados siete leyes, decretos u ¨®rdenes con car¨¢cter de amnist¨ªa, y otros doce con car¨¢cter de indulto.
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