Una cuesti¨®n de estructura estatal
Catedr¨¢tico de Teor¨ªa del Estado de la Universidad de Barcelona Mucha reflexi¨®n va a hacer falta ciertamente para reflejar en el m¨¢ximo texto normativo de nuestro ordenamiento jur¨ªdico, regulador de las instituciones del nuevo Estado democr¨¢tico, la realidad viva de la pretensi¨®n auton¨®mica de, pr¨¢cticamente, todas las regiones y nacionalidades que integran Espa?a. El primer punto conflictivo entre los actuales ponentes y, sin duda, entre los miembros de la comisi¨®n constitucional y los parlamentarios todos, estriba en si las autonom¨ªas regionales ser¨¢n administrativas o pol¨ªticas. Ya sabemos que la tradici¨®n espa?ola cuenta con dos modelos distintos y en cierto modo enfrentados Para decirlo de modo esquem¨¢tico: la derecha ser¨ªa contraria a la autonom¨ªa pol¨ªtica y la izquierda, favorable a ella.Por lo que se deduce de la informaci¨®n period¨ªstica, Alianza Popular y UCD se inclinan por la mera descentralizaci¨®n administrativa (v¨ªa mancomunidades provinciales), pero no pueden obviar las propuestas pol¨ªticas de Catalu?a y Pa¨ªs Vasco. Para ellas cabr¨ªa un tipo particular de estatutos auton¨®micos y un marco de competencias, ?negociadas? de modo pragm¨¢tico. La Constituci¨®n regular¨ªa cuidadosamente el conjunto de controles que habr¨ªan de impedir veleidades auton¨®micas, consideradas excesivas. El argumento justificador ser¨ªa, como siempre, aplacar los recelos tradicionales de quienes siguen viendo en la autonom¨ªa vasca y catalana un primer paso hacia el separatismo.
Por el contrario, el PSOE y el PCE, as¨ª como los socialistas y los comunistas catalanes, pretenden la autonom¨ªa pol¨ªtica de todas las nacionalidades y regiones por igual, dentro de la unidad del Estado y la solidaridad de sus pueblos. A su vez el centrismo vasco y catal¨¢n, con esp¨ªritu pr¨¢ctico, no quiere hacer depender la autonom¨ªa pol¨ªtica de sus nacionalidades de un enfrentamiento irreductible entre la derecha y la izquierda y estar¨ªa dispuesto a hacer concesiones en cuanto al r¨¦gimen general de las autonom¨ªas siempre que se les asegure un autogobierno ce?ido a las competencias que de hecho se negociar¨¢n entre los grupos parlamentarios.
Las nacionalidades
En mis anteriores comentarios he dejado bien claro c¨®mo no puede haber hoy en Espa?a una democracia plena sin el reconocimiento constitucional d¨¦ que todas las regiones y nacionalidades pueden reivindicar su autonom¨ªa pol¨ªtica dentro del Estado com¨²n sin por eso incurrir en secesi¨®n o separatismo. De esto depende nada menos que la paz y la estabilidad de nuestra patria. De la lucidez y el patriotismo de la democracia y de la izquierda depende que tan fundamental problema se resuelva positivamente.
Una cuesti¨®n conexa con la anterior y que sirve de pretexto para no llegar a un acuerdo es el vidrioso punto de las nacionalidades. Este t¨¦rmino nefando para la derecha -la cual se escuda en los sentimientos del Ej¨¦rcito- se presta, ciertamente, a malentendidos pero puede demostrar cient¨ªficamente, en otra ocasi¨®n, que en nada atenta a la unidad nacional del Estado espa?ol y que no se utiliza con tal finalidad en ning¨²n momento por sus partidarios. El ¨²nico problema pr¨¢ctico consiste en definir constitucionalmente qu¨¦ regiones hist¨®ricas son nacionalidades y cuales no. Pero tal problema se obvia si la Constituci¨®n -que no tiene por qu¨¦ entrar en tal definici¨®n- no las concreta. Al fin y al cabo la posible conciencia de nacionalidad pertenece a los diversos grupos humanos que integran la com¨²n naci¨®n espa?ola, y ¨¦sta es la que va a darse la Constituci¨®n, no las nacionalidades, que las cuales, s¨®lo aspiran a un estatuto de autonom¨ªa pol¨ªtica dentro de los l¨ªmites de aqu¨¦lla.
La estructura del Estado
El siguiente problema consiste en saber si la Constituci¨®n va a considerar el principio auton¨®mico pol¨ªtico como una posibilidad de las regiones no forzosamente contraria a la estructura del Estado, simplemente compatible con ella o elemento consustancial de la misma. La tolerancia resulta m¨¢s propia de una concesi¨®n a algunas regiones ?conflictivas? y ser¨ªa un privilegio, aparentemente logrado por la presi¨®n y el ?chantage?. La compatibilidad (f¨®rmula de la Segunda Rep¨²blica) se presenta como una vergonzante concesi¨®n tambi¨¦n, un mal menor, y, sobre todo, jur¨ªdicamente hablando como una dualidad de principios (el estatal y el auton¨®mico) que contradice parad¨®jicamente la pretendida unidad del principio de Estado. Mi personal participaci¨®n a t¨ªtulo consultivo en los proleg¨®menos constituyentes se ha orientado sin reservas en favor de la f¨®rmula integradora: el poder del Estado es uno y se ejerce a trav¨¦s de sus ¨®rganos centrales y de los que corresponden a las regiones y nacionalidades aut¨®nomas. Los estatutos de cada una de ellas forma parte del ordenamiento jur¨ªdico del Estado espa?ol. El Estado act¨²a a trav¨¦s de todos sus ciudadanos y en los diversos marcos territoriales que la Constituci¨®n reconoce y garantiza. Este es el ¨²nico reconocimiento jur¨ªdico posible de la unidad de un Estado plurinacional y plurirregional.
?Estado federal o auton¨®mico?
Queda, por ¨²ltimo, otra cuesti¨®n fundamental por resolver. Cuando se habla de autonom¨ªa pol¨ªtica ?se est¨¢ propugnando -como puede parecer por todo lo que he dicho en anteriores art¨ªculos- la Constituci¨®n de un Estado federal?
La izquierda espa?ola se ha proclamado federal y tambi¨¦n lo hicieron en su d¨ªa el centrismo democristiano y los nacionalismos perif¨¦ricos de origen burgu¨¦s. Pero ha resultado evidente la paradoja federalista consistente en que, al ser el federalismo europeo y americano un movimiento centr¨ªpeto de gradual unificaci¨®n de unidades hist¨®ricas (sin que por ello ¨¦stas pierdan todos sus rasgos significativos) un Estado federal espa?ol, hoy, reci¨¦n salido del uniformismo centralista, podr¨ªa quedar reducido a una copia formal del ya muy centralizado r¨¦gimen federal concreto. Lo que hoy se precisa es construir de abajo arriba un Estado descentralizado y democr¨¢tico, que devuelva la capacidad de autogobierno a los ciudadanos en el marco inmediato de sus regiones y nacionalidades hist¨®ricas asfixiadas. Por eso, el verdadero proceso federalizador (es decir, unitario) debe empezar por las autonom¨ªas reales, por la distribuci¨®n de los ¨®rganos del Estado (parlamentos, gobiernos, administraciones, etc¨¦tera), entre sus entidades hist¨®ricas b¨¢sicas. Se aspira, pues, a un futuro Estado federal, pero aut¨¦ntico: tan descentralizado como unitario.
La Constituci¨®n espa?ola, por tanto, no va a consagrar, un Estado federal tan sem¨¢ntico como el de la URSS o el de algunas rep¨²blicas suramericanas. Si la derecha fuese m¨¢s sutil habr¨ªa reivindicado e impuesto esa f¨®rmula ficticia, desarmando formalmente a la izquierda. Pero ni siquiera con el nominalismo se ha atrevido. Tampoco la izquierda se ha conformado con las resonancias hist¨®ricas de la tradici¨®n democr¨¢tica espa?ola. Las autonom¨ªas pol¨ªticas de todas las nacionalidades y regiones espa?olas, si se nutren efectivamente de las competencias que cada una de ellas se vea con fuerzas de asumir al servicio de la solidaridad com¨²n de todos los espa?oles, es el mejor federalismo por lo que tiene de real autogobierno. La RFA y el Estado regional italiano, como modelos, quedar¨ªan algo rezagados si nuestros constituyentes fueran capaces de elaborar un cuadro de distribuci¨®n de competencias del Estado que fuera al mismo tiempo realista y de profunda ambici¨®n democr¨¢tica. Pero de esto hablaremos en un pr¨®ximo y ¨²ltimo art¨ªculo.
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