"La reforma fiscal defiende la economía de mercado y la libre empresa"
?La reforma tributaria iniciada con la ley de Medidas Urgentes constituye uno de los elementos básicos del nuevo marco estructural de la sociedad espa?ola. Una financiación eficiente y justa del sector público representa una condición ineludible para el desenvolvimiento estable de nuestra economía, de nuestra convivencia?, dijo ayer el subsecretario de Hacienda, Dionisio Martínez, en el curso de las Jornadas sobre Reforma Fiscal organizadas por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD).
Tras se?alar que el Ministerio de Hacienda trata de impulsar la promulgación de una legislación tributaria moderna, y está dispuesto a llevar a cabo los esfuerzos necesarios para que esta legislación se cumpla con honradez, manifestó que la reforma fiscal no supone un obstáculo para el desarrollo empresarial, sino una garantía de subsistencia para la economía de mercado, en la que la empresa privada tiene su campo propio de actividad y el fundamento de su existencia.A continuación, fue el catedrático de Derecho Penal, se?or Rodríguez Mourullo, quien habló sobre el delito fiscal, del que dijo que perdería sentido si no se procede a una justa distribución de la presión fiscal y no se consigue una auténtica igualdad de los contribuyentes ante la ley penal
Descendiendo al análisis técnico del nuevo delito fiscal, después de criticar su inserción sistemática, lo caracterizó como un delito de resultado que exige, por tanto, la causación de un efectivo perjuicio económico a la Hacienda estatal o local conseguido a través de una verdadera escenificación tendente a enga?ar a los órganos de la administración tributaria, lo que, a su vez, entra?a necesariamente una actuación dolorosa.
Para el director general de Inspección Tributaria, Enrique García Roméu el levantamiento del secreto bancario que contempla la nueva legislación fiscal es moderado y prudente por los siguientes motivos:
- Constituye un medio de prueba ordinaria, sin ningún valor especial frente al resto de los que puede emplear la Inspección de Tributos.
- No constituye una presunción que obligue al contribuyente a soportar la carga de la prueba de que los datos que ha obtenido la Inspección no significa una determinada renta.
- Es un instrumento de prueba reglado en el sentido de que para que la Inspección tenga acceso a la investigación de las cuentas es necesario una previa autorización de un órgano superior.
- Las obligaciones impuestas a las entidades se limitan a poner en conocimiento del Ministerio de Hacienda los números de las cuentas y los nombres y domicilios de sus titulares.
- Se ratifica una vez más el deber absoluto de secreto que tiene la Inspección respecto a los datos que obtenga de su investigación.
Ramón Drake, subdirector general de Impuestos directos, habló sobre la regularización voluntaria de la situación fiscal. Sobre este tema dijo que la administración tributaria debe dar las máximas facilidades para que se produzca la transformación que se desea de nuestro sistema tributario, sobre todo, para aquellos contribuyentes que deseen adoptar esta nueva postura, clara y transparente, ante la administración. Entre estas facilidades no cabe olvidarse de la adecuación de los tipos impositivos y la exoneración de gravámenes de períodos atrasados por aquellos rendimientos que luzcan, ahora, como consecuencia de este deseo de comportamiento, fiscalmente correcto.
Tras analizar en qué medida afectará este tipo de perdón, moratoria, condonación o amnistía fiscal a los interesados, el se?or Drake manifestó que, en definitiva, se abre una nueva etapa, en la que se espera un sincero deseo de transparencia y colaboración para la financiación de los gastos públicos que demanda la sociedad y en la que ya la administración tributaria está dando pruebas de comprensión
Julio Banacloche, jefe del gabinete técnico de la Dirección General de Tributos, abordó el tema de la regularización voluntaria de la situación fiscal y se?aló que la veracidad que propiciaba el Ministerio de Hacienda es la base de todo sistema fiscal justo. ?No cabe olvidar que la perfección de la norma se deteriora en su eficacia ante unos datos falsos e inexactos sobre los que ha de aplicarse aquélla.?
Según se?aló, las deficiencias del sistema actual que han determinado también un incumplimiento generalizado de las normas tributarias, se pretenden superar en las consecuencias que supondrían para quienes se acojan a la regularización con una generosa exención de responsabilidades frente a la administración.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás a?adir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.