El Gobierno estudi¨® el conflicto de la polic¨ªa y los ¨²ltimos actos terroristas
El orden p¨²blico y el conflicto de la polic¨ªa fueron abordados por el Consejo de Ministros, reunido en la ma?ana de ayer durante cinco horas en el palacio de la Moncloa, bajo la presidencia de su titular, Adolfo Su¨¢rez. El ministro del Interior, Rodolfo Mart¨ªn Villa, present¨® al Gabinete dos informes, uno sobre seguridad ciudadana y otro sobre pol¨ªtica interior, en los que se hac¨ªa referencia a los ¨²ltimos actos terroristas y a la situaci¨®n actual en el Cuerpo General de Polic¨ªa. La referencia oficial del Consejo de Ministros, eludi¨® el menor dato sobre dichos informes.
Al margen de este tema, eminentemente pol¨ªtico y de actualidad, el Gabinete adopt¨® ayer diversos acuerdos, de contenido administrativo la mayor¨ªa de ellos, sobre temas que se ven¨ªan arrastrando de reuniones ministeriales anteriores. Destacan entre ellos la reestructuraci¨®n del gabinete del presidente del Gobierno y diversas disposiciones en materia de ense?anza. Por otra parte, el Gabinete acord¨®. crear una Secretar¨ªa de Estado para la Informaci¨®n, nombrando titular de la misma a Manuel Ortiz S¨¢nchez, en la actualidad presidente de la compa?¨ªa de aviaci¨®n Aviaco.El Consejo de Ministros aprob¨® ayer un real decreto por el que se reestructura el gabinete del presidente del Gobierno, aunque no se conoce su alcance y contenido, ya que la referencia oficial no da ning¨²n dato sobre el mismo. Igualmente, mediante otro real decreto, del que se desconoce tambi¨¦n su contenido, el Gobierno decidi¨® establecer por primera vez en Espa?a centros de orientaci¨®n familiar por iniciativa del Estado, aunque ya existen centros de esta naturaleza promovidos por partidos pol¨ªticos y otras asociaciones. A este respecto, ya en el proyecto de ley sobre despenalizaci¨®n de los anticonceptivos, a punto de ser aprobado definitivamente, se establece la obligaci¨®n por parte del Estado de crear los oportunos servicios de orientaci¨®n y planificaci¨®n familiar con el fin de facilitar la correspondiente informaci¨®n sobre estos temas.
En el ¨¢mbito correspondiente al Ministerio de Defensa, el Gabinete aprob¨® dos reales decretos por los que, en uno, se modifica el decreto de 9 de marzo de 1973 sobre la ense?anza superior militar y, en el otro, se establece la participaci¨®n de los beneficios del r¨¦gimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas en los costes de la asistencia farmac¨¦utica.
Gratuidad de la ense?anza b¨¢sica
Por otro lado, el Gabinete adopt¨® diversos acuerdos en materia de ense?anza. As¨ª, acord¨® remitir a las Cortes un proyecto de ley sobre financiaci¨®n de la ense?anza obligatoria y aprob¨® un real decreto por el que se regula provisionalmente el r¨¦gimen de dedicaci¨®n exclusiva docente del cuerpo de profesores de EGB, en tanto se aprueba la ley remitida a las Cortes sobre este tema, con el fin de que esta dedicaci¨®n pueda establecerse desde el principio del curso escolar.
El proyecto de ley de financiaci¨®n de la ense?anza obligatoria supone, seg¨²n resalta la referencia oficial del Consejo de Ministros, un extraordinario esfuerzo para el Estado y establece un sistema inspirado en la conjunci¨®n de dos principios esenciales: el de la igualdad b¨¢sica de las condiciones del sistema educativo y el de la libertad de ense?anza.
En congruencia con estos principios la ley concibe la gratuidad de la ense?anza de los niveles obligatorios como un derecho de todos los alumnos a percibir del Estado la misma cantidad que representa el coste del puesto escolar estatal, es decir, a calidad estatal, y que recibe la denominaci¨®n de ayuda a la gratuidad. Esta podr¨¢ aplicarse por los padres o tutores legales de los alumnos a los centros escogidos libremente por ellos, ya sean de titularidad p¨²blica o de titularidad privada.
Para los centros no estatales que no se acojan al sistema de ayudas, se regulan las normas bajo las que se facilitar¨¢n las mismas, mediante procedimientos simplificados, as¨ª como la responsabilidad administrativa a que dar¨ªa lugar la infracci¨®n de las normas contenidas en la ley. Todo ello est¨¢ presidido por la idea de que los centros que se sometan al de ayuda a la gratuidad no funcionar¨¢n con ¨¢nimo de lucro, ya que se les concibe, desde la filosof¨ªa de la libertad de ense?anza, como protagonistas significativos, de la tarea colectiva que es la educai?¨®n.
Se contempla, finalmente, una prudente puesta en marcha de la ley, para permitir la adecuada planificaci¨®n de los recursos.
Admitida la dedicaci¨®n exclusiva
En lo que se refiere al real decreto sobre dedicaci¨®n exclusiva de los profesores de EGB, en el mismo se determinan las obligaciones de permanencia de ¨¦stos en el centro y las incompatibilidades que son comunes a los funcionarios que asuman tal r¨¦gimen de dedicaci¨®n. Se proh¨ªben expresamente las clases particulares en los centros y las llamadas permanencias, que podr¨¢n ser suplidas por la mayor dedicaci¨®n del profesorado para recuperaciones y repaso de los alumnos. Finalmente se contempla la asistencia del profesorado a cursos de especializaci¨®n y perfeccionamiento, su presencia en los centros docentes d¨ªas antes y despu¨¦s de iniciar la actividad con los alumnos y la habilitaci¨®n de los recursos necesarios.
Dentro tambi¨¦n del campo de la ense?anza, el Consejo de Ministros aprob¨® ayer la creaci¨®n de siete institutos de bachillerato mixtos, la construcci¨®n de 91 colegios estatales y la de varios centros de formaci¨®n profesional, as¨ª como un real decreto por el que se establecen normas de regulaci¨®n de los conciertos con las corporaciones municipales para el funcionamiento de centros de bachillerato de titularidad municipal.
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