Desacuerdo sobre el momento en que empieza la vida
El momento en que se inicia la vida humana ha sido discutido a lo largo de los siglos. Seg¨²n la ley espa?ola actual, el feto es viable cuando han pasado 180. d¨ªas a partir del ¨²ltimo ciclo menstrual, pero antes s¨®lo se consideraba viable un feto a partir de los 2 10 d¨ªas. Actualmente, gracias a los avances de la medicina, ha variado la realidad biol¨®gica y es posible la viabilidad de un feto fuera del claustro materno antes de los 180 d¨ªas. Cada vez se acorta m¨¢s el c¨®mputo en funci¨®n de medios artificiales.Hist¨®ricamente -explica Antonio de Lorenzo, experto en Derecho sanitario- ha habido dos posiciones: la de la instantaneidad, que defiende que la vida del ser humano es vida humana desde la fecundaci¨®n, y la de la gradualidad, que sostiene que la vida humana es biol¨®gicamente un proceso con distintos estadios de humamanizaci¨®n hasta llegar a la plena personalidad.
Entre la concepci¨®n y el nacimiento del nuevo ser existe toda una serie de estadios biol¨®gicos entre los que se pueden distinguir tres tras la fecundaci¨®n: 1) momento del cigoto, fruto de la fecundaci¨®n por uni¨®n de dos gametos, el ¨®vulo y el espermatozoide, y su desarrollo hasta que se implanta en la pared del ¨²tero, tras semana o semana y media; 2) momento de embri¨®n, desde que el cigoto se implanta en el ¨²tero tras las primeras mitosis , hasta el tercer mes del embarazo. Durante este per¨ªodo se va a desarrollar en el ¨®vulo fecundado el programa hereditario que el individuo adquiri¨® de sus padres, a medida que se lleva a cabo la divisi¨®n celular; 3) per¨ªodo de feto, producto de la concepci¨®n desde el tercer mes del embarazo hasta el parto o hasta los siete meses de desarrollo, en que ya es viable.
Hay un momento de extraordinaria trascendencia a los efectos de individuaci¨®n humana: el de la detecci¨®n de los primeros signos de actividad cerebral, que no se produce hasta las tres o cuatro semanas de la vida, y el cumplimiento de los 180 d¨ªas, l¨ªmite jur¨ªdico de viabilidad fuera del claustro materno. Sobre estas bases biol¨®gicas antes s¨®lo intuidas y hoy ciertas, se construyeron las distintas teor¨ªas sobre posibles actuaciones sobre la vida del feto sin incriminaci¨®n. Los autores cat¨®licos se han basado en los vers¨ªculos veintidos y veintitr¨¦s del cap¨ªtulo veintiuno del Exodo, donde se distingue claramente entre feto animado, formado, y feto inanimado, sin forma. Este cap¨ªtulo del Exodo se ha tomado de la versi¨®n de La Vulgata, ya que en las otras versiones de la Biblia no se traduce de la misma forma. Las traducciones son de distinto significado: unas se ajustan m¨¢s a la intencionalidad normal y otros espiritualizan la versi¨®n. Este es un caso similar, seg¨²n Antonio de Lorenzo, al del Cantar de los cantares, que es un canto er¨®tico y nupcial y se ha interpretado como las nupcias entre Cristo y la Iglesia o entre la Humanidad y el Creador.
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