Obligatoriedad del tr¨¢mite de homologaci¨®n de convenios
Los convenios colectivos de 1979, que afecten a empresas p¨²blicas, personal laboral de la Administraci¨®n o empresas de plantilla superior a los quinientos trabajadores, ser¨¢n sometidos a la consideraci¨®n de la comisi¨®n delegada para asuntos econ¨®micos del Gobierno, seg¨²n dispone un decreto publicado ayer en el BOE.A efectos del decreto, se consideran empresas p¨²blicas todas aquellas en que una o varias entidades p¨²blicas, estatales, locales o institucionales sean titulares de la mayor¨ªa de su capital social.
El Ministerio de Trabajo someter¨¢ a la comisi¨®n delegada del Gobierno para asuntos econ¨®micos los convenios colectivos citados, con un informe sobre si rebasan los incrementos econ¨®micos establecidos por el Gobierno. Cuando estos incrementos sean rebasados, la comisi¨®n delegada podr¨¢ imponer limitaciones para ajustar el crecimiento a sus criterios.
En el caso de las empresas privadas, el conocimiento atribuido a la comisi¨®n delegada no ser¨¢ impedimento para la homologaci¨®n, pero la autoridad laboral notificar¨¢ a las dos partes la posible superaci¨®n de los l¨ªmites y les otorgar¨¢ un plazo de diez d¨ªas para ratificar o modificar el convenio. Cumplido este tr¨¢mite, se homologar¨¢ el convenio y, en su caso, se aplicar¨¢n las penalizaciones previstas (p¨¦rdidas de bonificaciones o ayudas oficiales) para las empresas que superen los l¨ªmites de incrementos salariales fijados por el Gobierno.
A las pocas horas de su publicaci¨®n, en un comunicado remitido a los medios informativos, el organismo m¨¢ximo de CGT afirma que el decreto ?supone un nuevo atentado del Gobierno de UCD contra la autonom¨ªa de las centrales sindicales y las organizaciones patronales en el proceso de negociaci¨®n colectiva?.
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