El Estado y la Seguridad Social
Dicen, naturalmente los que tienen, que no es m¨¢s pobre quien menos tiene, sino quien menos necesita. Busc¨¢ndole los forros al dicho, y aplic¨¢ndolo a la Seguridad Social espa?ola, bien podr¨ªamos concluir que ¨¦sta es pobre de solemnidad. Su ¨²ltimo presupuesto, el de 1979, tiene previsto m¨¢s de un bill¨®n de pesetas para prestaciones econ¨®micas y casi medio para gastos de asistencia sanitaria. Las necesidades contra¨ªdas, pues, por la Seguridad Social son las que, como ya explic¨® en estas mismas p¨¢ginas Juan Rovira, cuando a¨²n no era ministro de Sanidad pero s¨ª ex subsecretario de Seguridad Social, determinan su alto coste. Aqu¨ª y ahora es imprescindible recaudar m¨¢s de un bill¨®n y medio de pesetas para mantener en marcha, y sin detrimento de la intensidad actual, grande o chica, de su acci¨®n protectora, el gigante de la Seguridad Social.
La ley 24/72, en el fondo de la crisis
Explicar las razones de la expansi¨®n desordenada, en los ¨²ltimos a?os, del gasto de la Seguridad Social puede resultar enojoso para el lector, aunque no debe serle superfluo conocer su punto de partida. La ley 24/72, sobre financiaci¨®n y perfeccionamiento de la acci¨®n protectora de la Seguridad Social, encara, por vez primera, la modernizaci¨®n del sistema, procurando corregir sus bajos, o nulos ¨ªndices de protecci¨®n. Ocurre, sin embargo, que por el propio planteamiento de la norma o por su incorrecto cumplimiento, la ley 24/72 marc¨® tambi¨¦n el inicio de la crisis financiera de la Seguridad Social.
Si, por un lado, nadie duda sobre la oportunidad de la ley para profundizar en la intensidad de una acci¨®n protectora que, por desfase entre. bases tarifadas y salarios reales, hab¨ªa llegado a la ?depauperaci¨®n absoluta de la poblaci¨®n pasiva? (Desdentado), es preciso, por otro, considerar que los mecanismos, contributivos, arbitrados para financiar dicha intensificaci¨®n de los niveles de protecci¨®n. fueron los que abrieron las puertas a la actual situaci¨®n de crisis.
La ley, no obstante, preve¨ªa dos cautelas para evitar el trauma de su inmediata aplicaci¨®n: ?1.?, la necesidad de una aplicaci¨®n escalonada del nuevo sistema de cotizaci¨®n, y 2.?, la conveniencia de arbitrar una reestructuraci¨®n m¨¢s racional de los recursos financieros? (Pereda y Desdentado). La primera de las previsiones consist¨ªa en introducir un per¨ªodo transitorio de cotizaci¨®n sobre bases tarifadas y complementarias hasta el 31-3-75. La segunda se cifraba en incrementar la ?fiscalizaci¨®n? de los ingresos, mediante la determinaci¨®n de que las aportaciones a la Seguridad Social consignadas en los Pres4uestos Generales del Estado hab¨ªan, de ser progresivas (disposici¨®n final s¨¦ptima). Ninguna de las dos previsiones se llev¨® literalmente a efecto. La primera, porque no se pudo; la segunda, porque no se quiso. As¨ª, en 1975, Fernando Su¨¢rez tuvo que sortear la amenaza de crack prorrogando el sistema mixto de cotizaci¨®n y dilatando la fecha de entrada en vigor de lo previsto en la ley. Por otra parte, el Estado, no sinti¨¦ridose vinculado por ella, no asumi¨® el compromiso de incrementar sus aportaciones y as¨ª, con la excepci¨®n de 1974, en ?que hubo de concederse un cr¨¦dito extraordinario a la Seguridad Social para compensar la congelaci¨®n de cotizaciones, los porcentajes de participaci¨®n del Estado en la financiaci¨®n del sistema se mantuvieron estancados, cuando no en disminuci¨®n paulatina.
Una presi¨®n contributiva insoportable
De resultas de todo ello, la presi¨®n contributiva de la Seguridad Social en el per¨ªodo 1972-78 ha resultado desmesurada e insostenible. De 256.658,6 millones que se recaudaron por cuotas en 1972 llegamos, en 1978, a 1.138.540 millones.
La despreocupaci¨®n del Estado hacia la Seguridad Social queda bastante demostrada en los cuadros anteriores. De una participaci¨®n del 5,7% en la fecha de entrada en vigor de la ley 24/72 se lleg¨®, en 1977, al 3,1%. Teniendo en cuenta que de 1972 a 1977 los ingresos de la Seguridad Social se elevaron en un 264% y que el Estado increment¨® su aportaci¨®n en s¨®lo un 200%, se explica f¨¢cilmente que la presi¨®n contributiva sobre empresas y trabajadores se elevara hasta el 376%. En t¨¦rminos reales, esto signific¨® que por cada peseta aportada en 1972 por el Estado a la Seguridad Social hubo de aportar en 1977 s¨®lo noventa c¨¦ntimos, en tanto que empresarios y trabajadores hubieron de contribuir con 1,70 pesetas en 1977 por cada peseta de 1972. O lo que es igual, la Seguridad Social fue en 1977 un 170 % m¨¢s cara que en 1972 en impuestos sobre la mano de obra empleada.
S¨®lo a partir de 1978, como consecuencia de lo previsto en los acuerdos de la Moncloa, el Estado eleva su aportaci¨®n al 7,8 %, si bien un 60 % de su contribuci¨®n se asign¨® espec¨ªficamente a la prestaci¨®n por desempleo.
Hay algo, por lo dem¨¢s, explicitado en los cuadros anteriores: dif¨ªcilmente puede soportar la econom¨ªa de un pa¨ªs una tasa anual de doce puntos de incremento por encima del ¨ªndice de inflaci¨®n en contribuciones sobre el salario. Ello repercute, sin duda, en el aumento del desempleo, en la morosidad en el pago de cuotas y, en suma, en el desequilibrio financiero de la propia Seguridad Social. Una presi¨®n contributiva sobre los costes salariales como la que, en la actualidad, constituyen las cotizaciones a la Seguridad Social no puede hacer otra cosa que penalizar el empleo en un momento en que nos estamos aproximando al mill¨®n y medio de parados. Continuar en un futuro con el c¨®modo sistema de elevar las cuotas para financiar los gastos, adem¨¢s de un claro ejemplo de pereza mental es un riesgo que no puede permitirse un pa¨ªs con las tasas de inflaci¨®n y de paro que soporta Espa?a.
Causas de la crisis y alternativas de reforma
Sucede, sin embargo, que las cosas han llegado a un punto en que cualquier soluci¨®n que se quiera adoptar corre el riesgo de navegar entre la utop¨ªa y la regresi¨®n. Tan inadmisible ser¨ªa dar recetas te¨®ricas sin acomodaci¨®n a las circunstancias reales del pa¨ªs como avanzar por la v¨ªa de la limitaci¨®n de gastos a costa de deprimir la protecci¨®n dispensada. Ni la sociedad es capaz de asumir un incremento de la presi¨®n fiscal suficiente para liberar de golpe a la Seguridad Social de gran parte de sus cargas ni tampoco de empobrecerse con una congelaci¨®n o reducci¨®n de las prestaciones sociales.
Lo que parece cierto es que el mejor camino no es el de liberalizar la medicina y congelar las pensiones. Tampoco medidas recaudatorias in discriminadas, como pudo ser el decreto de 1978 sobre participaci¨®n de los beneficiarios en el coste de los medicamentos, sirven para salir de la crisis. El ticket moderador, en una demanda r¨ªgida como es la de medicamentos, ?es una v¨ªa de financiaci¨®n regresiva y socialmente indeseable; el hecho imponible es la enfermedad y no la capacidad de pago?. (Luis Enrique de la Villa y otros, en ?Medicamentos: medidas contra el pueblo?. EL PAIS, 3-8-78.) Ampliar el ticket a los pensionistas ser¨ªa un sinsentido.
Tomando como causas determinantes de la crisis la insuficiencia de la aportaci¨®n estatal, las transferencias negativas del Estado a la Seguridad Social y la penalizaci¨®n del empleo a trav¨¦s de una cotizaci¨®n sobre el salario, cualquier camino que se quiera seguir para superar la situaci¨®n debe partir de ah¨ª. Las aportaciones del Estado deben incrementarse progresivamente y al mismo ritmo en que se intensifique la progresividad del sistema fiscal. La Seguridad Social debe, adem¨¢s, devolver al Estado cuantas cargas recibi¨®, y asumi¨®, indebidamente de ¨¦ste (acci¨®n formativa, servicios sociales, medicina preventiva, familias numerosas, universidades laborales, etc¨¦tera) y acabar con lo que Verg¨¦s ha llamado ?la subvenci¨®n indirecta a los empresarios agr¨ªcolas a trav¨¦s de la Seguridad Social?.
Junto a estas dos medidas, incremento de las transferencias positivas del Estado y eliminaci¨®n de las negativas, empieza ya a ser necesario replantearse el tema de la cotizaci¨®n. El actual sistema sobre salarios, como ya dijimos antes, fomenta el proceso de sustituci¨®n de trabajo por capital y penaliza el empleo. Es, pues, preciso trabajar sobre la b¨²squeda de nuevos sistemas que, aun manteniendo la cotizaci¨®n obrera sobre el salario, sustraigan la cuota empresarial del coste de la mano de obra (valor a?adido, beneficios, etc¨¦tera).
Y, por ¨²ltimo, actuar sobre los gastos, no con medidas s¨®lo recaudatorias y regresivas, sino encarando el problema en su dimensi¨®n real. Importa saber que el despilfarro en el consumo de medicamentos no es s¨®lo un efecto de su gratuidad, sino una consecuencia (del dominio de la oferta por un sector productivo controlado por las grandes monopolios transnacionales, de la proliferaci¨®n disfuncional de las especialidades ofertadas, de la estimulaci¨®n irracional del consumo y de la incapacidad de la Seguridad Social para controlar la demanda?. (L. E. de la Villa, op. cit.) Importa empezar a valorar la rentabilidad social de algunas prestaciones cuya utilidad no justifica el gasto (60.000 millones de pesetas en protecci¨®n a la familia). Importa controlar la eficacia de los servicios, limitar los gastos de administraci¨®n, el clientelismo de algunos reg¨ªmenes especiales y la proliferaci¨®n de organismos injustificados. Importa, en suma, profundizar en la reforma de la Seguridad Social.
Inspectores t¨¦cnicos de Trabajo
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