La Audiencia Territorial ratifica el cierre de Hipergranada
El centro comercial de la sociedad cooperativa Hipergranada tendr¨¢ que seguir de momento cerrado al p¨²blico, seg¨²n la resoluci¨®n adoptada en tal sentido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial granadina.
En el auto dictado por la audiencia, en contestaci¨®n al recurso interpuesto por la cooperativa contra el Ayuntamiento de Granada, se dice, entre otras cosas, que no est¨¢ garantizada la seguridad p¨²blica del edificio y sus instalaciones, por lo que ?no ha lugar a la suspensi¨®n? de las ¨®rdenes de clausura decretadas por la alcald¨ªa los d¨ªas 20 de septiembre y 1 de noviembre.La suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de la clausura del hiper hab¨ªa sido solicitada por los cooperativistas con car¨¢cter provisional, ?en tanto se sustancia el fondo de la cuesti¨®n por la sala de la Audiencia?. Seg¨²n se se?ala en un apartado del auto, la suspensi¨®n se fundamentar¨ªa en el hecho de que, de proceder al cierre del establecimiento, se llegar¨ªa a ?la ruina de la sociedad, con el consiguiente paro de los cooperativistas y trabajadores, p¨¦rdida de cr¨¦ditos, pr¨¦stamos, mercader¨ªas, etc¨¦tera?.
Aunque, respecto al tema sanitario, Hipergranada ha presentado un informe a la Delegaci¨®n Territorial de Sanidad y Seguridad Social en el que se habla de las ?condiciones favorables higi¨¦nico-sanitarias de las aguas y sus residuos?, no ocurre lo mismo, sin embargo, en materia de seguridad ciudadana.
?Nada hay acreditado en autos?, dice textualmente la resoluci¨®n de la Audiencia, en uno de sus considerandos, ?en orden a una revisi¨®n t¨¦cnica de las instalaciones industriales del hiper por los organismos competentes, sobre lo cual la alcald¨ªa declina en su informe toda responsabilidad ?.
Tambi¨¦n en este sentido se ha pronunciado, a consultas de la propia Audiencia, el informe previo del abogado del Estado. Seg¨²n el mismo, el mantenimiento de la apertura al p¨²blico de un local que ?no cuenta con la preceptiva licencia de apertura de establecimientos, y en el que, consecuentemente, no ha sido verificado por la Administraci¨®n el cumplimiento de las medidas de seguridad y salubridad que son reglamentarias, podr¨ªa presentar un peligro para el p¨²blico asistente?.
El informe termina se?alando que, a juicio del abogado del Estado, la suspensi¨®n de la orden municipal de clausura del edificio de Hipergranada supondr¨ªa un grave perjuicio para los intereses p¨²blicos.
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