1. Herrera
LA AUDIENCIA de Ciudad Real ha dictado auto de procesamiento contra el director, dos jefes de servicio y varios funcionarios de la prisi¨®n de Herrera de la Mancha. El delito del que se les acusa est¨¢ descrito en el art¨ªculo 187 del C¨®digo Penal, que se refiere a los funcionarios de prisiones que impusieren a los presos privaciones innecesarias o usaren con ellos un rigor innecesario. La ¨²nica sanci¨®n aplicable a esa conducta es la suspensi¨®n, que ocupa el ¨²ltimo lugar en la escala general de penas graves.Aunque la acusaci¨®n privada discrepe de la calificaci¨®n del auto de procesamiento, lo cierto es que el poder judicial ha mostrado, frente a las presiones ejercidas sobre la magistratura desde el momento mismo en que un grupo de abogados llam¨® la atenci¨®n sobre posibles irregularidades en ese centro penitenciario, un elogiable sentido de la independencia. Esa decisi¨®n de la Audiencia Provincial de Ciudad Real ha respetado, sin duda, dos principios b¨¢sicos de la Constituci¨®n: la igualdad de todos los espa?oles ante la ley, cualquiera que sea su condici¨®n personal y social, y la sujeci¨®n de los poderes p¨²blicos al ordenamiento jur¨ªdico.
Las denuncias de posibles abusos en la custodia de los presos de Herrera de la Mancha dieron lugar, en su d¨ªa, a una crispada actitud, dictada desde el Gobierno y secundada por otros sectores de opini¨®n, de infundios contra los abogados defensores, acusados gratuita y calumniosamente de haber organizado un montaje de car¨¢cter pol¨ªtico-partidista y de mantener con los procesados o sentenciados relaciones distintas de las que vinculan normalmente a los letrados con sus clientes. Tambi¨¦n los peri¨®dicos que dieron cabida en sus p¨¢ginas a informaciones y opiniones en torno a los malos tratos fueron objeto de fuertes presiones y cr¨ªticas, dirigidas a conseguir que suscribieran un vergonzoso pacto de silencio. No estar¨ªa de m¨¢s ahora que algunos de aquellos apresurados dictaminadores revisaran p¨²blicamente sus tomas de posici¨®n iniciales.
Pero mucho m¨¢s importante es se?alar que, tanto en estos casos como en otros semejantes, el prop¨®sito de las denuncias o cr¨ªticas no es desatar una caza de brujas contra funcionarios p¨²blicos encargados de la persecuci¨®n o custodia de los delincuentes, sino exigir que la Constituci¨®n y las leyes se apliquen sin discriminaci¨®n de ning¨²n tipo, y sean respetadas por todos los espa?oles, vistan como vistan o piensen como piensen. Que las acusaciones contra los responsables de Herrera de la Mancha resultaran ciertas, cosa que ¨²nicamente una sentencia firme podr¨¢ establecer, no alegrar¨ªa a nadie. Pero la tentativa de ocultar los lados desagradables de la realidad es resueltamente inadmisible cuando son otros -en este caso los presos de Herrera de la Mancha- quienes pagan el precio.
La primera reacci¨®n del director de Herrera de la Mancha al conocer la noticia de su procesamiento resulta bastante poco alentadora. Ya va resultando enojoso que tantos funcionarios p¨²blicos que trabajan en el dif¨ªcil terreno de la seguridad p¨²blica parezcan inclinados a plantear un falso dilema que forzar¨ªa a los ciudadanos a elegir entre su indefensi¨®n ante los delincuentes y el cheque en blanco en favor de los guard¨ªanes del orden. ?O se juega con mis reglas o rompo la baraja? es el mensaje subliminal de quienes olvidan que las reglas del juego obligan a todos y est¨¢n fijadas en un ordenamiento jur¨ªdico presidido por la Constituci¨®n. La sociedad espa?ola y las instituciones democr¨¢ticas necesitan ser defendidas de ese conjunto de agresiones que el C¨®digo Penal tipifica, y para ello se precisa que los miembros del poder judicial, de los cuerpos de seguridad y del cuerpo de prisiones cumplan con sus deberes. Entre esas agresiones, tambi¨¦n figuran las que puedan realizar, por su cuenta y riesgo, esos funcionarios a quienes la sociedad encomienda la protecci¨®n del orden p¨²blico.
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