Interpuesto recurso de casaci¨®n en el 'caso Almer¨ªa'
La representaci¨®n legal de los tres miembros de la Guardia Civil inculpados en el caso Almer¨ªa ha interpuesto recurso de casaci¨®n por infracci¨®n de ley contra la sentencia dictada por la Audiencia de la citada localidad andaluza en la causa 65 / 81. Seis son los motivos alegados por los defensores del teniente coronel Carlos Castillo, el teniente ayudante Manuel G¨®mez Torres y el guardia Manuel Fern¨¢ndez Llamas, de cuya representaci¨®n legal se ha hecho cargo en fecha reciente el letrado Carlos Iglesias.
El primero se refiere a una supuesta infracci¨®n del art¨ªculo octavo, p¨¢rrafo once, del C¨®digo Penal, por entender la defensa que el comportamiento de los tres condenados fue fruto de un error invencible, que excluye el dolo. Con car¨¢cter subsidiario, se alega en el segundo motivo imprudencia punible, por entender que el comportamiento de los condenados fue fruto de "error vencible", que excluye dolo.El tercer motivo invoca supuesta infracci¨®n, por inaplicaci¨®n al segundo y tercer condenados del n¨²mero doce del art¨ªculo octavo del C¨®digo Penal, referido a los casos en que un subordinado cree que la orden emanada de su superior jer¨¢rquico le vincula. Con car¨¢cter subsidiario, el cuarto motivo postula la aplicaci¨®n al segundo y al tercer procesados del precepto regulador de la imprudencia punible, por entender que su comportamiento fue, en ¨²ltimo caso, fruto de error vencible, que excluye dolo, sobre la adecuaci¨®n y fuerza vinculante de la orden recibida de su superior.
El quinto motivo alude a supuesta infracci¨®n de la circunstancia octava del art¨ªculo noveno del C¨®digo Penal, relativa a la atenuante de arrebato y obcecaci¨®n, por implicaci¨®n a los tres procesados. Finalmente, el sexto motivo apela a supuesta infracci¨®n de la circunstancia d¨¦cima del art¨ªculo noveno del c¨®digo Penal. Se refiere este motivo a los actos que, con posterioridad a los hechos, fueron realizados por los tres procesados.
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