El d¨¦ficit del Fondo de Garant¨ªa Salarial es de 19.000 millones de pesetas
El d¨¦ficit del Fondo de Garant¨ªa Salarial (FGS) en diciembre de 1982 ascend¨ªa a 19.176 millones de pesetas, despu¨¦s de contabilizarse un super¨¢vit provisional, cuantificado a principios de a?o, de 2.451 millones, seg¨²n un informe del citado organismo al que ha tenido acceso este diario. La direcci¨®n del FGS ha elaborado la bases de un proyecto que pretende disminuir considerablemente las prestaciones, que tiene atribuidas. La aplicaci¨®n de circulares que dificultan, adem¨¢s, los tr¨¢mites administrativos, ha desencadenado duras cr¨ªticas entre abogados laboralistas de varias provincias.
El Fondo de Garant¨ªa Salarial fue creado en 1976 por la ley de Relaciones Laborales, como responsable subsidiario de empresas insolventes en cuanto al pago de indemnizaciones y salarios adeudados a los trabajadores. Aument¨® sus competencias con el Estatuto de los Trabajadores, que responsabiliz¨® al organismo del pago del 40% de las indemnizaciones por despidos improcedentes de empresas con plantillas inferiores a 25 trabajadores. El d¨¦ficit estimado del FGS superar¨¢ los 32.000 millones a finales de 1983, a pesar del nuevo tipo de cotizaci¨®n empresarial, vigente desde el 1 de mayo.El nuevo proyecto para reducir las prestaciones econ¨®micas del FGS parte de criterios notablemente restrictivos, que prejuzgan la realizaci¨®n pr¨¢cticamente sistem¨¢tica de actuaciones defraudatorias por parte de los trabajadores. Entre los objetivos del proyecto se encuentra la eliminaci¨®n del pago de parte de las indemnizaciones por despidos improcedentes correspondientes a peque?as empresas, competencia atribuida al FGS a partir de la aprobaci¨®n del Estatuto de los Trabajadores. Para argumentar este apartado, el estudio llega a afirmar que, trat¨¢ndose de subvenciones a fondo perdido, "rompe la igualdad empresarial, discriminando al medio y gran empresario que cotiza al Fondo y no se puede beneficiar de esta prestaci¨®n". El documento insin¨²a la posibilidad de efectuar el pago del 40% de este tipo de indemnizaciones a las empresas afectadas y no a los trabajadores.
En cuanto a las prestaciones correspondientes a indemnizaciones por rescisiones de contratos laborales en empresas insolventes y al abono de salarios, el proyecto argumenta la reducci¨®n de los l¨ªmites y su supeditaci¨®n al tiempo cotizado por los trabajadores a la Seguridad Social.
Nuevo concepto de salario
Esta modalidad ya fue introducida por la ley B¨¢sica de Empleo en cuanto a la percepci¨®n de los per¨ªodos del subsidio de desempleo y ha originado en los ¨²ltimos a?os una importante disminuci¨®n de la cobertura del subsidio, criticado con dureza por diversos sectores sindicales y pol¨ªticos. El proyecto establece, con una notable imprecisi¨®n jur¨ªdica, la necesidad de crear un nuevo concepto de salario. Seg¨²n dicho concepto, las subvenciones ser¨ªan calculadas con excepci¨®n de los complementos salariales y sin tener en cuenta el salario reconocido en las resoluciones judiciales y administrativas anteriores. Los ¨²ltimos datos estad¨ªsticos elaborados por el FGS indican que durante 1982 fueron dictadas resoluciones por valor de 42.798 millones.El 60% de las prestaciones correspondieron, durante 1982, al pago de indemnizaciones por insolvencia, mientras que el 25% se repartieron por salarios adeudados de empresas insolventes y el 15% al 40% de indemnizaciones relativas empresas con plantillas inferiores a 25 trabajadores.
El organismo s¨®lo recuper¨®, durante 1982, 200 millones de pesetas, mediante su personaci¨®n como acreedor por subrogaci¨®n en suspensiones de pagos y quiebras. Sus pagos, a trabajadores de empresas sujetas a este tipo de procedimientos judiciales, ascendieron aproximadamente a 35.000 millones.
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