Penas m¨¢s severas para los traficantes
El fiscal antidroga dice que "es posible que la actual redacci¨®n del art¨ªculo 344 del C¨®digo Penal sea revisada, porque la penalidad prevista por la ley de 25 de junio de 1983, que modific¨® el citado art¨ªculo, puede, en algunos casos, ser demasiado suave, porque hay actos de tr¨¢fico que se castigan s¨®lo con pena de arresto mayor"."La propia distinci¨®n entre drogas duras y blandas", sigue Jim¨¦nez Villarejo, "puede ser objeto de reconsideraci¨®n jurisprudencial, porque todos los productos derivados del cannabis no pueden ser equiparados en cuanto a su nocividad. Hay una tendencia a considerar que, en la revisi¨®n de este art¨ªculo, que t¨¦cnicamente es m¨¢s pormenorizado, menos gen¨¦rico y mejor que el antiguo, se ha ido demasiado lejos al suavizar las penas por tr¨¢fico de drogas que podr¨ªamos llamar blandas, aunque esto depende mucho de la interpretaci¨®n que hagan los tribunales, y, a su vez, ¨¦sta depende de las pruebas periciales que realicen las autoridades sanitarias".
Las razones de la represi¨®n del tr¨¢fico las explica as¨ª el fiscal antidroga: "es una forma de obtener un lucro, con da?o grave en la salud f¨ªsica o mental de la gente; el consumo crea un tipo de hombre m¨¢s o menos marginado, asocial, y un ¨¢mbito de marginalidad en el que es f¨¢cil que se produzca un comportamiento delictivo; adem¨¢s, las creencias y valores de lo que se ha llamado contracultura de la droga son contradictorios con los valores en que descansa esta civilizaci¨®n".
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