El fuero policial se ampli¨® en marzo
La ley org¨¢nica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado del pasado 13 de marzo ampli¨® el fuero de la polic¨ªa al establecer que las diligencias relativas a un agente de los cuerpos de seguridad deben pasar a la sala de la Audiencia Provincial desde el momento que existan indicios racionales de criminalidad. La legislaci¨®n anterior ya sustra¨ªa a los juzgados de instrucci¨®n la capacidad de procesar al sospechoso, que s¨®lo pod¨ªan ordenar las salas de la Audiencia Provincial.Una proposici¨®n de ley de Coalici¨®n Popular, presentada a mediados del pasado septiembre por su portavoz en el Congreso, Miguel Herrero de Mi?¨®n, pretende ampliar sustancialmente el privilegio legal. La reforma consistir¨ªa en a?adir al art¨ªculo 8 de la ley citada un p¨¢rrafo especificando que "la Audiencia Nacional y los juzgados centrales de instrucci¨®n ser¨¢n competentes para conocer e instruir aquellos procedimientos incoados por los supuestos delitos en que pudieran incurrir los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de las misiones que les encomienda la vigente legislaci¨®n".
El texto precisa que la competencia de la Audiencia Nacional entrar¨ªa en juego cuando los agentes ejercieran las misiones asignadas en la ley antiterrorista, que desarrolla el art¨ªculo 55, apartado 2 de la Constituci¨®n, donde se regula la posibilidad de suspender determinados derechos constitucionales en el caso de delitos perpetrados por bandas armadas o elementos terroristas.
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