Los jueces que exculpan a Pujol justifican la doble contabilidad
Los 33 magistrados de la Audiencia Territorial de Barcelona que han exculpado al presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, de las acusaciones de apropiaci¨®n indebida, falsedad documental y maquinaci¨®n para alterar el precio de las cosas consideran que la doble contabilidad o caja B establecida por los antiguos administradores de Banca Catalana es "admisible" y "eficaz", ya que dio una mayor capacidad operativa a la entidad bancaria. El auto, de 20 folios de extensi¨®n, justifica adem¨¢s el pago de extratipos, la formaci¨®n de sociedades fiduciarias y autocarteras y el reparto de dividendos aunque la entidad se encuentre pr¨¢cticamente en quiebra.
El auto exculpa a Pujol del presunto delito de apropiaci¨®n indebida porque no hubo voluntad de apropiarse de fondos. Los magistrados consideran tambi¨¦n que e presunto delito de falsedad documental ya ha prescrito, y aseguran que no se cumplen las condiciones necesarias para que se produzca la supuesta maquinaci¨®n para alterar el precio de las cosas.Los ocho magistrados -sobre un plenario de 41- que discrepan con el fallo aprobado el pasado d¨ªa 21 han unido al auto un voto reservado conjunto, en el que solicitan el procesamiento de Pujol por los presuntos delitos continuados de apropiaci¨®n y falsedad. El texto de la minor¨ªa pide que se le reclame una fianza de 35.000 millones de pesetas para hacer frente a las responsabilidades civiles y se decrete su libertad provisional con la exigencia de presentarse en el juzgado los d¨ªas 1 y 15 de cada mes.
El voto reservado difiere tambi¨¦n de las tesis del sector mayoritario de los magistrados en otros aspectos marginales del caso, como el relativo a la instancia que debe continuar instruyendo la causa contra los dem¨¢s querellados. Mientras el fallo env¨ªa la causa a un juzgado de ins trucci¨®n, los ocho magistrados discrepantes piden que sea el mismo pleno el que se defina sobre los otros posibles procesamientos. Ante la decisi¨®n de la Audiencia, los fiscales s¨®lo pueden presentar en el plazo de tres d¨ªas un recurso de s¨²plica ante el propio pleno. El auto ser¨¢ entre gado hoy a las partes.
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