El fiscal podr¨¢ dirigir desde su comienzo la investigaci¨®n de la Polic¨ªa Judicial
El ministerio fiscal podr¨¢ exigir desde el inicio de la investigaci¨®n policial la direcci¨®n de las actuaciones de las unidades de Polic¨ªa Judicial con car¨¢cter previo a la apertura del proceso penal. El borrador de decreto de creaci¨®n de la Polic¨ªa Judicial se?ala textualmente en su art¨ªculo 21 esta competencia. El borrador de decreto ha sido aprobado por los ministerios del Interior y de Justicia, y hoy ser¨¢ estudiado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)."Cuando los funcionarios de las unidades org¨¢nicas de Polic¨ªa Judicial realicen diligencias de investigaci¨®n criminal formalmente concretadas alrededor de un supuesto presuntamente delictivo, pero con car¨¢cter previo a la apertura del proceso penal, actuar¨¢n bajo la dependencia del ministerio fiscal. A tal efecto, dar¨¢n cuenta de sus investigaciones a la fiscal¨ªa, que podr¨¢ hacerse cargo de la direcci¨®n de aqu¨¦llas", se?ala el texto.
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