Los Coca piden notarialmente dos puestos en el Consejo de Administraci¨®n del Banesto
Silvia Moroder, viuda de Ignacio Coca, requiri¨® ayer notarialmente al vicepresidente y consejero delegado del Banco Espa?ol de Cr¨¦dito (Banesto), Jos¨¦ Mar¨ªa L¨®pez de Letona, primer ejecutivo de la entidad, para que proceda al nombramiento de los dos hijos mayores del banquero que se suicid¨® el pasado mes de junio, ??igo y Borja Coca Moroder, como miembros del Consejo de Administraci¨®n del Banesto, en cumplimiento de lo establecido en el pacto de fusi¨®n entre los bancos Banesto y Coca, de fecha 16 de diciembre de 1977.
El citado requerimiento, efectuado ante el notario Antonio Carrasco, manifiesta que en el apartado octavo del pacto de fusi¨®n suscrito entre ambas entidades -que fue elevado a escritura p¨²blica el 4 de septiembre de 1978- y firmado en sus respectivas representaciones por Pablo Garnica Mansi e Ignacio Coca, se establece que "en la forma en que se considere m¨¢s conveniente, ser¨¢ nombrado consejero y vicepresidente de Banesto Don Ignacio Coca Garc¨ªa, quien adem¨¢s propondr¨¢ a otras dos personas para ocupar otros dos puestos de consejeros".El escrito contin¨²a explicando que Ignacio Coca dirigi¨® en su d¨ªa carta al presidente del consejo de administraci¨®n de Banesto, en la que formulaba su deseo de que tales dos puestos quedaran "reservados para ser ocupados por dos de mis hijos". Aunque Ignacio Coca renunci¨® a la vicepresidencia "por presiones de Banesto", en opinion de la familia, "nunca renunci¨® a esos dos puestos de consejeros para sus hijos".
Confirmaci¨®n cl¨ªnica
A pesar de ello, el requerimiento se?ala que el banco se ha abstenido de propeder a dicho nombramiento, por lo que se "requiere a Banesto con objeto de que proceda de manera inmediata al nombramiento de los comparecientes para el cargo de consejeros" de la entidad financiera.Por otra parte, el doctor Pozuelo, m¨¦dico que trat¨® a Ignacio Coca desde 1979 hasta su suicidio, emiti¨® ayer un comunicado en torno a la reciente querella presentada por Banesto contra la familia Coca. Esta querella, presentada pocos d¨ªas antes de la junta general de accionistas de la entidad en el Juzgado de Guardia de Madrid, va dirigida contra la viuda y cinco hijos de Coca por acusaci¨®n falsa. Pozuelo declara verse obligado "a romper el secreto profesional para que las afirmaciones de la familia Coca no deban considerarse como 'una falta de escr¨²pulos sin base alguna".
El doctor Pozuelo asegura que "durante el tiempo que yo trat¨¦ a Ignacio Coca, ¨¦l sufri¨® depresiones en distintos per¨ªodos relacionadas con las presiones externas ejercidas por los directivos del Banco Espa?ol de Cr¨¦dito, exigi¨¦ndole firmar documentos con unas exigencias que pon¨ªan en riesgo su patrimonio, as¨ª como hacerle renunciar al puesto de consejero y cargo de vicepresidente".
Grandes depresiones
"Estas presiones", contin¨²a Pozuelo en su declaraci¨®n, "perturbaban su ¨¢nimo al extremo de sumirle en grandes depresiones, con una gran angustia e incapacidad de tomar las decisiones apropiadas, por lo que en varias ocasiones le aconsej¨¦ e insist¨ª que su mente no estaba en condiciones de tomar en un sentido u otro decisiones de tal trascendencia"."Como las presiones del Banco Espa?ol de Cr¨¦dito", prosigue el escrito, "persistieron y aumentaron en el ¨²ltimo mes de su vida, seg¨²n me lo comunic¨® profesionalmente el paciente, su depresi¨®n se hizo m¨¢s profunda, lo que desgraciadamente le llev¨® a la tr¨¢gica decisi¨®n final".
"No me cabe duda", concluye Pozuelo, "de que las presiones ejercidas fueron el determinante de su muerte, en este caso de depresi¨®n reactiva que Ignacio Coca padec¨ªa. Qui¨¦n fue el pistolero y causante de esta muerte Dios lo sabe".
Denuncia falsa
Fuentes del equipo legal que defiende los intereses de la familia Coca rechazaron ayer la mencionada querella interpuesta por Banesto, se?alando que "desde el punto de vista jur¨ªdico es imposible que haya acusaci¨®n de denuncia falsa". Al respecto se?alan que, seg¨²n el art¨ªculo 325 del C¨®digo Penal, nadie puede instar una acusaci¨®n de denuncia falsa si no hay por medio sentencia firme o auto firme de sobreseimiento, del tribunal que hubiere conocido del delito imputado. Estas dos circunstancias no se han producido en el caso de la dununcia presentada en su d¨ªa por la familia Coca contra Banesto, a pesar de que el juez no la estimara en la parte referida a inducci¨®n al suicidio. Por otro lado, es el tribunal en su caso el que debe proceder de oficio contra el denunciador o acusador.
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