La aplicaci¨®n de la ley la har¨¢n los tribunales
La decisi¨®n del pleno de la Audiencia Territorial de Pamplona de declararse competente para decidir sobre el permiso a Juan Carlos Yoldi anticipa que ser¨¢ el poder judicial el que resolver¨¢ sobre la presencia o ausencia del candidato a lendakari por Herri Batasuna en la sesi¨®n del Parlamento vasco del pr¨®ximo d¨ªa 26. Sea cual sea el acuerdo que hoy se haga p¨²blico, lo que parece seguro es que, frente a la opini¨®n del Gobierno sobre lo que es o no es la legalidad, van a ser los tribunales de Justicia los que van a aplicar la ley, como corresponde en un Estado de derecho.El Gobierno, en uso de su leg¨ªtimo derecho a discrepar de las resoluciones judiciales, podr¨¢ recurrir, a trav¨¦s del Ministerio Fiscal, contra el acuerdo que hoy ser¨¢ notificado si, por tratarse de la autorizaci¨®n a Yoldi para que asista a la sesi¨®n parlamentaria, no es de su agrado. Exactamente igual podr¨¢n hacer los abogados de Yoldi si se trata de una resoluci¨®n denegatoria del permiso. En ambos casos, el recurso ser¨¢ resuelto con tiempo suficiente -el lunes o el martes pr¨®ximo- para que la sesi¨®n parlamentaria se celebre el jueves pr¨®ximo, con el asunto ya resuelto de manera firme por la instancia judicial competente.
La decisi¨®n del pleno de la Audiencia Territorial de Pamplona sorprendi¨® ayer en ¨¢reas gubernamentales, en las que se esperaba que, de acuerdo con los precedentes existentes, el m¨¢ximo ¨®rgano judicial navarro declinara su competencia sobre el caso Yoldi, en su conjunto, en favor del pleno de la Audiencia Territorial de Bilbao, en funciones del todav¨ªa inexistente Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco.
Sin embargo, la Audiencia Territorial de Pamplona, de acuerdo con lo que establece la ley de Enjuiciamiento Criminal sobre las cuetiones de competencia, ha estimado, previamente al pronunciamiento sobre si en este caso la asume, que el permiso solicitado por Yoldi es una diligencia "de reconocida urgencia".
Y trat¨¢ndose de un caso en el que habr¨¢ un claro pronunciamiento del ¨®rgano Judicial por el momento competente, ser¨¢ su decisi¨®n la que prevalecer¨¢, al margen de las opiniones gubernamentales o, en otro caso, de las del propio Yoldi o sus abogados. Los intentos gubernamentales de marcar la pauta de lo que en este caso deber¨ªa hacerse, mediante una denegaci¨®n por parte de la Junta de R¨¦gimen Interior de la c¨¢rcel de Herrera de la Mancha del permiso solicitado, ha sido ineficaz. Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, el Gobierno trat¨®, por esta v¨ªa, de lograr un pronunciamiento del juez de vigilancia penitenciaria, pero ¨¦ste se declar¨® incompetente.
En todo caso, sobre la situaci¨®n personal de un procesado en prisi¨®n provisional a la espera de juicio, todas las fuentes consulta das por este peri¨®dico coinciden en se?alar que prevalece lo que decida el ¨®rgano Judicial a cuya disposici¨®n se encuentra.
Seg¨²n un abogado experto en asuntos penales, el recurso del fiscal no paralizar¨ªa la hipot¨¦tica excarcelaci¨®n de Yoldl, como ocurrir¨ªa en la fase de instrucci¨®n sumarial. Porque cuando el procesado se encuentra a disposici¨®n del tribunal, en espera de juicio, prevalece el acuerdo del tribunal. El pleno de la audiencia ha evitado este problema, al dar 24 horas a las partes para recurrir, con lo que tendr¨¢ tiempo para resolver el recurso antes de la sesi¨®n del Parlamento vasco.
Frente al error cometido por el Gobierno el verano pasado al apoyar la negativa de 90 guardias civiles a obedecer una orden de la autoridad Judicial competente, en esta ocasi¨®n el Ejecutivo ha recurrido a todos los medios legales a su alcance, pero no ha actuado por la v¨ªa del hecho consumado. As¨ª se ahorrar¨¢, como en aquel caso, someterse al poder judicial depu¨¦s cuando pudo hacerlo antes.
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