Defensa de la independencia
El Consejo General del Poder Judicial difundi¨® al concluir su reuni¨®n de ayer una nota cuyo texto ¨ªntegro es el siguiente:1. El Consejo General del Poder Judicial, ¨®rgano constitucional a quien compete la defensa de la independencia del poder judicial como garant¨ªa de los derechos y libertades de los ciudadanos, y no como privilegio de jueces y magistrados, rechaza en¨¦rgicamente, por lo que supone de incoherencia con el orden democr¨¢tico, el que por parte de quienes ostentan responsabilidades pol¨ªticas se impute a dicho poder, de un modo gen¨¦rico y sin la obligada concreci¨®n, actitudes de incumplimiento de sus deberes o la realizaci¨®n de ¨¦stos de forma parcial y al servicio de fines no constitucionales.
2. El ejercicio de los derechos de expresi¨®n y de cr¨ªtica y la libertad de opini¨®n pol¨ªtica, cuando se utilizan en des cr¨¦dito de una instituci¨®n tan fundamental como el poder judicial, no contribuyen al desarrollo del estado social y demo cr¨¢tico de derecho, pues al tiempo que menoscaban la in dependencia judicial pueden impedir el cumplimiento co rrecto de la funci¨®n b¨¢sica que a jueces y magistrados corresponde realizar,cual es la tutela de los derechos y libertades mediante la aplicaci¨®n de las leyes a la luz de los principios de la Constituci¨®n.
3. La justicia, que emana del pueblo y es administrada por el poder judicial, no puede ni debe ser objeto de manipulaci¨®n o intromisi¨®n pol¨ªtica, y cuando, como ahora, ¨¦stas se producen, el Consejo General del Poder Judicial, que ampara y seguir¨¢ amparando frente a todos la independencia judicial, exhorta a los jueces y magistrados a que sigan actuando en la legalidad para la mejor realizaci¨®n y garant¨ªa de la convivencia democr¨¢tica en el marco de la Constituci¨®n.
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