Los propietarios de pozos de agua de Tenerife paralizan sus obras
Los propietarios de galer¨ªas y pozos de Tenerife han paralizado las obras en dichas explotaciones, como medida de presi¨®n ante la entrada en vigor el pasado mi¨¦rcoles de la Ley de Aguas espec¨ªfica de Canarias. Aunque los representantes de la C¨¢mara Insular de Aguas, que agrupa a las comunidades y heredamientos encargadas hasta ahora del uso y gesti¨®n de dicho recurso, aseguran que se trata de una medida cautelar, prevista por la ley, para evitar que los actuales propietarios pierdan sus derechos, el director general Manuel Caballero, responsable de esta materia en el Gobiemo aut¨®nomo, afirma que "las perforaciones autorizadas con anterioridad, podr¨ªan continuarse con un permiso especial, si existiera buena voluntad por parte de los interesados". Caballero expres¨® su temor ante el posible boicot de la ley por parte de los actuales titulares de las aguas.
La c¨¢mara insular, seg¨²n se?al¨® su secretario, Felipe Gonz¨¢lez Dom¨ªnguez, tiene reservas sobre la aplicaci¨®n de esta norma, ya que "a¨²n no se han elaborado el reglamento y las instrucciones necesarias, por lo que se desconocen las condiciones en que se realizar¨¢n a partir de ahora las obras previstas". Esta entidad recomend¨® la suspensi¨®n de las ampliaciones de galer¨ªas y pozos "hasta tanto se forme un nuevo Gobierno, que aclare la nueva situaci¨®n", indic¨® la misma fuente. Sin embargo, el director general de Aguas record¨® que hay un plazo de tres meses para recabar la legalizaci¨®n de la continuidad de los trabajos y dos a?os para inscribir la explotaci¨®n en el registro oficial.
Dominio p¨²blico
El Parlamento canario hab¨ªa, aprobado en abril de este a?o la citada ley de aguas, que declara ese bien de dominio p¨²blico y contempla la creaci¨®n de consejos en cada isla, para ejercer la gesti¨®n de este recurso en base a un plan hidr¨®l¨®gico que estar¨¢ elaborado en los primeros meses del pr¨®ximo a?o. A su vez, establece un registro oficial, al que pueden someterse voluntariamente los titulares de los alumbramientos en el plazo m¨¢ximo de dos a?os.
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