La Administraci¨®n rebaja los requisitos de titulaci¨®n para los auditores y endurece el r¨¦gimen de incompatibilidades
El anteproyecto de ley de Auditor¨ªa est¨¢ en el llamado ¨ªndice rojo en el orden del d¨ªa de la reuni¨®n de hoy del Consejo de Ministros a propuesta de la Comisi¨®n de Subsecretarios. Esto significa que el texto ser¨¢ discutido puede o no obtener luz verde. En el proyecto aprobado en la Comiisi¨®n de Subsecretarios del pasado mi¨¦rcoles, se rebajan los requisitos de titulaci¨®n para ser auditor, pero se endurece el r¨¦gimen de incompatibilidades.Para ser auditor, ser¨¢ suficiente con haber superado el Curso de Orientaci¨®n Universitaria (COU), tener una experiencia, de tres a?os y superar un examen. Los licenciados y diplomados universitarios deber¨¢n acreditar esta misma experiencia pero no tendr¨¢n que superar el examen. En los ¨²ltimos borradores, la condici¨®n exigida era la titulaci¨®n universitaria.
Los censores jurados de cuentas, los inscritos en el Registro de Economistas Auditores, los titulares mercantiles y los actuarios de seguros obtendr¨¢n autom¨¢ticamente la condici¨®n de auditor.
El r¨¦gimen de incompatibilidades se ha endurecido respecto al ¨²ltimo borrador estudiado por la Comisi¨®n de Subsecretarios en julio. Las novedades son que los auditores no podr¨¢n formar parte de la sociedad auditada hasta tres a?os despu¨¦s del cese de sus funciones.
Incompatibilidades
Se limita tambi¨¦n a un plazo no superior a nueve a?os ni inferior a tres el tiempo en que un mismo auditor puede prestar sus servicios profesionales a una misma empresa. En uno de los borrado res el plazo m¨¢ximo se fij¨® en cinco a?os, pero al aumentarlo se beneficia a los auditores, ya que se establece un l¨ªmite amplio para garantizar una cierta continuidad en su trabajo. El plazo m¨ªnimo de tres a?os no funcionar¨¢ en los casos en que la auditor¨ªa no sea obligatoria.Se mantienen los requisitos de independencia, en cuanto a que los auditores no pueden formar parte de la sociedad auditada. Tampoco pueden ser accionistas en un porcentaje superior al 0,5% del capital social o que ¨¦ste represente m¨¢s del 10% de su patrimonio personal.
En el texto que estudia hoy el Consejo de Ministros, otra de las novedades es que el Gobierno podr¨¢ delegar su potestad sancionadora "en las corporaciones u organizaciones m¨¢s representativas de los auditores". Tambi¨¦n que el Gobierno, mediante real decreto, podr¨¢ recabar de los auditores de cuentas toda la informaci¨®n necesaria para que otras instituciones p¨²blicas lleven a cabo sus competencias de control o inspecci¨®n sobre las sociedades obligadas a auditarse.
El nuevo proyecto de ley ha sido estudiado en al menos dos de las ¨²ltimas reuniones de la Comisi¨®n de Subsecretarios. En una primera, celebrada en el mes de julio, se acord¨® volver a enviar el texto a una comisi¨®n especial formada por los ministerios de Econom¨ªa y Hacienda, Administraciones P¨²blicas, Justicia y Relaciones con las Cortes y un representante del Gabinete de la Presidencia, para que se limaran las diferencias y se reelaborara el texto en base a las observaciones de los subsecretarios.
Cuando llegue a aprobarse definitivamente la ley, tras su tramitaci¨®n parlamentaria, terminar¨¢ un largo proceso que se inici¨® con los primeros Gobiernos de UCD. Como mar de fondo, se ha desarrollado una pelea de intereses, muchas veces corporativos, entre las organizaciones que ahora agrupan a los auditores. Sigue estando en juego el control de una profesi¨®n que aumentar¨¢ en cantidad ya que, por primera vez en Espa?a, la auditor¨ªa ser¨¢ obligatoria para un buen n¨²mero de sociedades.
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