El Poder Judicial apoya al juez que acept¨® la acci¨®n popular en el "caso Amedo"
El portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Jos¨¦ Luis Calvo, expres¨® ayer a EL PA?S el respaldo que el marco jur¨ªdico ofrece a la actuaci¨®n del juez central n¨²mero 5 de la Audiencia Nacional, Baltasar Garz¨®n, que investiga las supuestas implicaciones de Jos¨¦ Amedo y otros polic¨ªas e instituciones con los GAL. Garz¨®n no rechazar¨¢ la acci¨®n popular ejercida por m¨¢s de 100 personas ni aumentar¨¢ la fianza como pretende Interior. Calvo se opuso a quienes "torpedean", dijo, la acci¨®n popular.
Jos¨¦ Luis Calvo se pronunci¨® sobre esta materia en un descanso del pleno del Consejo celebrado ayer, seg¨²n informa Bonifacio de la Cuadra Calvo anticip¨® que por el momento . no se ha producido actuaci¨®n oficial alguna del CGPJ" en relaci¨®n con las acusaciones dirigidas por Jorge Argote, abogado del Ministerio del Interior, contra el juez Garz¨®n (ve¨¢se EL PA?S del mi¨¦rcoles ¨²ltimo). Calvo se?al¨® que no era probable que el pleno se pronunciara sobre la materia, pero en su calidad de portavoz del Consejo manifest¨® que la actuaci¨®n del juez, en este como en todos los casos en que se ejerce la acci¨®n popular, es "libre e independiente".El portavoz del Consejo record¨® que el art¨ªculo 125 de la Constituci¨®n "autoriza a todos los ciudadanos el ejercicio de la acci¨®n popular". Asimismo, se?al¨® que los art¨ªculos 101 y 279 de la ley de Enjuiciamiento Criminal "permiten, como regla general, la personaci¨®n en todo proceso criminal y la actuaci¨®n como parte de todo ciudadano espa?ol, sea o no ofendido por el delito".
Record¨® que el art¨ªculo 23.2 de la ley org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) "regula el ejercicio en la jurisdicci¨®n penal espa?ola aunque el hecho se haya cometido en territorio extranjero en los casos en -que los responsables criminales sean espa?oles". Seg¨²n dijo, la ¨²nica exigencia previa al ejercicio de la acci¨®n popular es "que el fiscal o el ofendido denuncien o se querellen por los hechos".
Respecto a la fijaci¨®n de la fianza, sobre la que centr¨® sus cr¨ªticas el abogado de Interior, Calvo invoc¨® el art¨ªculo 280 de la ley procesal penal, que "obliga al juez", dijo, "a exigir fianza al acusador popular en la clase y cuant¨ªa que fije el propio juez, para responder de las resultas del juicio". Igualmente, Calvo declar¨® que, seg¨²n' el art¨ªculo 20.3 de la LOPJ, "la fianza no podr¨¢, por su inadecuaci¨®n, impedir el ejercicio de la acci¨®n popular".
Por ¨²ltimo, el portavoz del Consejo cit¨® sendas sentencias del Tribunal Constitucional, de 1983 y 1985, que se?alan que la cuant¨ªa de la fianza "no puede obstaculizar el ejercicio de la acci¨®n popular, pues impedir¨ªa la tutela judicial efectiva" y -que "tiene que ser proporcional a las circunstancias personales y al inter¨¦s de los ejercitantes de tal acci¨®n".
Respuesta a Argote
por otra parte, informa Javier Garc¨ªa, el magistrado Garz¨®n no rechazar¨¢ la acci¨®n popular de un grupo de m¨¢s de cien personas ni aumentar¨¢ la fianza de un mill¨®n de pesetas, como pretende el abogado del Ministerio del Interior, Jorge Argote, seg¨²n fuentes judiciales pr¨®ximas a la investigaci¨®n.
Argote hab¨ªa solicitado en un recurso de reforma que se denegara la acci¨®n popular en este caso o se aumentara la fianza, comparando este caso con otros de etarras.
Los 104 firmantes del escrito mediante el que ejercen la acci¨®n popular han presentado un documento al juez por el que rechazan "en¨¦rgicamente" las acusaciones del abogado Argote y consideran que se trata de un juicio de valor "impertinente, inoportuno y poco respetuoso con el juzgado".
El escrito a?ade que la ¨²nica finalidad del mencionado juicio de valor del abogado Argote es "politizar el asunto intentando presionar al juzgado ante la opini¨®n p¨²blica y pretendiendo interferir la intachable imparcialidad e independencia que el juzgado ha venido demostrando con su actuaci¨®n hasta el presente".
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