El Supremo ordena que se juzgue al capit¨¢n S¨¢nchez-Valiente por huir tras el 23-F
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha ordenado que se prosigan los tr¨¢mites de la causa contra el capit¨¢n de la Guardia Civil Gil S¨¢nchez-Valiente y que se le juzgue por su fuga de Espa?a a ra¨ªz del fracaso del intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, aunque no por su presunta participaci¨®n en la intentona golpista. S¨¢nchez-Valiente fue bautizado por los medios informativos como El hombre de la maleta, ya que se dijo que al fugarse a Estados Unidos se hab¨ªa llevado una maleta con documentos relacionados con el golpe.
El capit¨¢n de la Guardia Civil regres¨® a Espa?a en abril de 1987 y, tras entregarse voluntariamente a la polic¨ªa en el aeropuerto de Barajas, fue ingresado en la prisi¨®n militar de Alcal¨¢ de Henares, donde permaneci¨® recluido hasta el 9 de diciembre de 1987, fecha en que fue puesto en libertad.El fiscal calific¨® la fuga del capit¨¢n como abandono de destino cometido por oficial en tiempo de paz, y pidi¨® para ¨¦l una pena de un a?o de prisi¨®n. Como el capit¨¢n se conform¨® con la pena que se le ped¨ªa, el auditor propuso al capit¨¢n general que si no consideraba injusta la calificaci¨®n declarase lo condenado. Sin embargo, el capit¨¢n general no estuvo conforme con la propuesta de condena y devolvi¨® la causa al instructor para que continuase el plenario.
El defensor de S¨¢nchez-Valiente pidi¨® al Consejo Supremo de Justicia Militar que considerase condenado al guardia civil, pues S¨¢nchez Valiente ya hab¨ªa cumplido las tres cuartas partes de la pena de prisi¨®n que el fiscal solicitaba para ¨¦l y se encontraba libre. El Consejo Supremo de Justicia Militar decidi¨® remitir la causa al Tribunal Supremo y el fiscal togado consideraba que el procedimiento no pod¨ªa continuar sin una resoluci¨®n de ¨¦ste.
Lagunas legales
El Supremo, tras admitir la existencia de lagunas legales con la entrada de la ley que reforma la competencia y organizaci¨®n de la jurisdicci¨®n militar, considera que ya no se ajusta a las leyes la intervenci¨®n del capit¨¢n general en cuanto a su disentimiento en los casos de conformidad con la pena. La sala explica que su cometido es la revisi¨®n de los actos jurisdiccionales (sentencias dictadas por tribunales de justicia) y que en este caso no se ha llegado a juzgar a S¨¢nchez-Valiente, y por tanto, antes de que el Supremo sea competente en el caso, el capit¨¢n debe ser juzgado.
No obstante, el Supremo explica que, a partir de ahora, cuando los capitanes generales no est¨¦n conformes con una sentencia, deben ordenar a sus asesores jur¨ªdicos que presenten recurso de casaci¨®n ante la Sala de lo Militar del Supremo.
S¨¢nchez -Valiente fue acusado por el fiscal de abandono de destino, aunque el disentimiento del capit¨¢n general apuntaba a un posible delito de deserci¨®n, por tanto, el caso podr¨ªa tomar nuevos rumbos, pues aunque ante los tribunales militares el fiscal acusara por el primero de los delitos, el capit¨¢n general podr¨ªa instar el recurso de casaci¨®n por estimar la existencia del segundo. En cualquiera de los casos, al capit¨¢n se le computar¨ªa el tiempo que ha pasado en prisi¨®n por este proceso.
Respecto a su intervenci¨®n en el 23 F, S¨¢nchez -Valiente ha declarado que fue al Congreso por orden del director general de la Guardia Civil y con prop¨®sitos represivos, por ello afirmaba que no hab¨ªa participado en el asalto, aunque simpatizaba con los asaltantes.
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