Respuesta a Termes
Los pasados d¨ªas 15 y 17 de los corrientes public¨® EL PA?S, en las p¨¢ginas de econom¨ªa, sendos art¨ªculos del presidente de la Asociaci¨®n Empresarial de Banca (AEB), don Rafael Termes, bajo el t¨ªtulo gen¨¦rico de Los tipos de inter¨¦s de la banca. En el segundo de ellos hace referencia, a lo largo de casi todo el art¨ªculo a una sentencia de un juzgado de Madrid que me concierne personalmente por ser una de las partes en litigio: la demandante. La demandada y condenada fue la Caja de Ahorros de Madrid.Confieso antes que nada mi condici¨®n de ciudadano corriente, y, como tal, admito la imposibilidad para m¨ª de competir con tan extraordinaria y relevante personalidad. Porque no deja de ser realmente extraordinario que el representante de una asociaci¨®n privada se constituya nada menos que en un nuevo poder del Estado, adem¨¢s de los cl¨¢sicos definiidos por Montesquieu: legislativo, ejecutivo y judicial; por encima incluso, cuando menos, de este ¨²ltimo, si no tambi¨¦n de los otros dos.
?Qu¨¦ otra cosa puede pensarse de una persona, por muy cualificada que sea, que reputa como "incorrecta" la sentencia de un juez sin esperar a conocer la resoluci¨®n de la instancia superior? El propio se?or Termes dice que la sentencia ha sido recurrida ante la Audiencia Territorial de Madrid. Lo que no dice es que ha sido igualmente recurrida por m¨ª por entender que no estima por completo lo solicitado en mi demanda.
?Pretender¨¢ el se?or Termes influir en el ¨¢nimo y la convicci¨®n de los sesudos magistrados de la Audiencia? Estoy seguro de que no lo conseguir¨¢. Y en el caso de que ¨¦sta fallara en su d¨ªa a mi favor y, siguiendo en la hip¨®tesis, el pleito llegara hasta el Tribunal Supremo y ¨¦ste estimara mi demanda, ?seguir¨ªa el se?or Termes diciendo p¨²blicamente que la sentencia del alto tribunal es tambi¨¦n incorrecta y contradice los usos financieros en vigor?, ?no constituir¨ªa esto, como antes dec¨ªa, una pretensi¨®n de situarse por encima de los poderes del Estado, del judicial al menos?
Entiendo que el se?or Termes es impertinente cuando, como en este caso, dice cosas no pertinentes; los pleitos deben plantearse -y ganarse o perderse, en su caso, como ha ocurrido con Cajamadrid- en los tribunales de justicia y no en los peri¨®dicos.
Por cierto, ?por qu¨¦ no compareci¨® procesalmente la AEB? Hubiera sido un placer ganarle ah¨ª tambi¨¦n al impertinente se?or Termes.
Insin¨²a el presidente de la AEB que he sido empujado por alguno de los acusadores de la banca a interponer mi demanda. Nada m¨¢s lejos de la realidad; no he hecho m¨¢s que ejercer un leg¨ªtimo derecho como ciudadano, consagrado en la Constituci¨®n. Claro que para ejercer ese derecho he tenido y sigo teniendo que efectuar unos gastos cuya cuant¨ªa es importante para una econom¨ªa corriente como la m¨ªa. No es as¨ª para la Caja de Ahorros de Madrid -entidad condenada en la repetida sentencia a devolver intereses cobrados en exceso-, que por un obsoleto privilegio puede pleitear por pobre sin gasto alguno.
Quiz¨¢ se escape a la perspicacia o, mejor, a los intereses y pretensiones del se?or Termes que, desde hace ya una docena de a?os Espa?a es un pa¨ªs democr¨¢tico donde cualquier ciudadano puede hacer valer sus derechos sin verlos aplastados por la prepotencia y el abuso de poder. O quiz¨¢, desafortunadamente, la edad ha hecho mella en don Rafael Termes y ya no distingue el ser del querer ser. Si asi fuera, deber¨ªa pensar en retirarse, y probablemente la sociedad entera se lo agradecer¨ªa.
Por ¨²ltimo, se?or director, ni la Caja de Madrid prob¨® durante el juicio, con declaraciones de expertos, que la f¨®rmula por ella empleada para el c¨¢lculo de intereses es conforme a los usos y costumbres admitidos, ni dicha f¨®rmula se ajusta a las normas de las circulares del Banco de Espa?a, como reiteradamente sostierie el se?or Termes. Antes al contrario, tengo entendido que exis
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ten circulares de nuestro banco emisor que establecen las f¨®rmulas correctas y que no son precisamente las aplicadas por la Caja de Madrid, as¨ª como escritos reservados dirigidos por dicho banco a la Confederaci¨®n Espa?ola de Cajas de Ahorro en los que se recomienda acabar con esas pr¨¢cticas abusivas. Naturalmente, se?or director, obra en mi poder una fotocopia de dicho escrito reservado, firmado por uno de los directores generales del Banco de Espa?a, que desde ahora mismo pongo a su disposici¨®n-
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