La Audiencia Territorial de Madrid aprueba las incompatibilidades aplicadas a 75 m¨¦dicos
La Sala Segunda de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid ha fallado a favor de las incompatibilidades aplicadas en 1986 a 75 m¨¦dicos que no declararon los puestos p¨²blicos que desempe?aban, y ha invalidado parcialmente la que se aplic¨® a otro facultativo. La sentencia declara "la inadmisibilidad de las peticiones de indemnizaci¨®n formuladas" y que no "ha existido desviaci¨®n de poder en las resoluciones administrativas recurridas". La defensa ha anunciado que recurrir¨¢ esta sentencia.
Estos m¨¦dicos forman parte de un colectivo de 95 facultativos, cuyos recursos ser¨¢n fallados pr¨®ximamente en esta misma sala, que llegaban a desempe?ar "hasta cinco puestos de manera simult¨¢nea, cuyas retribuciones por puestos p¨²blicos, independientemente de la actividad privada, se acercaban al mill¨®n de pesetas mensual", seg¨²n el Ministerio de Administraciones P¨²blicas.Un auto de esta misma sala orden¨® a la Administraci¨®n en noviembre de 1986 la reposici¨®n provisional de estos 95 m¨¦dicos en tanto resolv¨ªa el fondo de la cuesti¨®n. La abogac¨ªa del estado lo recurri¨® y adujo que su reposici¨®n causar¨ªa "da?os a los intereses generales", toda vez que muchas plazas hab¨ªan visto aumentada su jornada o exist¨ªa "coincidencia horaria entre los puestos anteriormente desempe?ados, o con actividades privadas que anunciaban a la misma hora en que deb¨ªan encontrarse en sus puestos p¨²blicos".
La Administraci¨®n s¨®lo repuso a 12 de los 95 m¨¦dicos declarados incompatibles y comunic¨® la imposibilidad de hacer otro tanto con los restantes. Todo ello deriv¨® en una querella criminal por supuesta denegaci¨®n de auxilio a la Justicia presentada por el abogado de este colectivo, Ricardo de Lorenzo, en nombre del sindicato FESIME (Federaci¨®n de Sindicatos M¨¦dicos de Madrid) y del Colegio de M¨¦dicos de Madrid, contra Javier Valero, director general de la Inspecci¨®n General de Servicios de la Administraci¨®n P¨²blica.
?ste no ocultaba ayer la satisfacci¨®n de su departamento ante esta sentencia que correg¨ªa el "mayor revolc¨®n" jur¨ªdico que este departamento hab¨ªa sufrido por las incompatibilidades. Valero afirm¨® que este colectivo de m¨¦dicos, b¨¢sicamente de Madrid, eran los que m¨¢s puestos compatibilizaba.
Objetivo prioritario
Este alto cargo afirma que la Administraci¨®n actu¨® prioritariamente sobre ellos ante el boicoteo que supon¨ªa su negativa a declarar los puestos que desempe?aban, y, por ello, Administraciones P¨²blicas eligi¨® por ellos las plazas que pod¨ªan conservar y les priv¨® de las restantes. Valero estima que hay otros 300 m¨¦dicos que tambi¨¦n secundaron dicho boicoteo y a los que se aplic¨® con igual rigor la ley y que en breve ser¨¢n objeto de fallo judicial, que ¨¦l espera "igualmente favorable".
Y precisa que de los m¨¦dicos que s¨ª declararon se han resuelto ya 3.000 de los 8.000 expedientes abiertos por incompatibilidades de puestos p¨²blicos, en su mayor¨ªa recurridos, y quedan pendientes otros 12.000 expedientes por incompatibilidades con actividades privadas.
Amnesia y doble lectura
Javier Matos, presidente del Colegio de M¨¦dicos de Madrid, que alent¨® a los facultativos a no declarar sus puestos a la Administraci¨®n, manten¨ªa ayer que esta estrategia fue positiva. Este pediatra asegur¨® que no recordaba ya si ¨¦l declar¨® o no los puestos con los que quer¨ªa compatibilizar su trabajo hospitalario: profesor universitario y consulta privada. En Administraciones P¨²blicas s¨ª recuerdan que lo hizo y lo se?alan como el "colmo de la incoherencia".El abogado que lleva la defensa de estos m¨¦dicos, Ricardo de Lorenzo, anunci¨® que recurrir¨¢ esta sentencia ante el Tribunal Supremo y, si hiciera falta, ante el Tribunal Constitucional, y el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea.
Manifest¨® que el fallo es "desfavorable para ambas partes" y consider¨® que, al menos en un caso, s¨ª hubo "desviaci¨®n de poder". Seg¨²n este abogado, el fallo no se pronuncia sobre el fondo de si deben cobrar o no indemnizaciones e interpreta que la sentencia no es firme, dada su voluntad de recurrirla, y prevalecen los autos que dict¨® esta sala para la reposici¨®n de los 95 m¨¦dicos.
Administraciones P¨²blicas entiende lo contrario sobre estos dos ¨²ltimos puntos. Y lejos de pensar en reponer a los m¨¦dicos, entiende que debe separar a los ya repuestos.
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