Deudas del pasado
Un empresario expropiado en 1975 presenta una querella contra el Estado portugu¨¦s
NICOLE GUARDIOLA Los abogados del empresario Antonio Champalimaud anuncian que van a querellarse contra el Estado portugu¨¦s para conseguir una indemnizaci¨®n de los perjuicios causados por la expropiaci¨®n, en 1975, de los bienes patrimoniales de su cliente, actualmente instalado en Brasil. Entre las empresas expropiadas figuran la siderurgia nacional, el Banco Pinto e Sottomayor y varias empresas fabriles del sector cementero.
El montante de la indemnizaci¨®n pedida por los abogados del empresario Antonio Champalimaud no ha sido revelado, pero debe ascender, seg¨²n los letrados, a "muchos miles de millones de pesetas".La querella se produce en medio del proceso en curso de privatizaci¨®n de muchas de las empresas nacionalizadas en marzo de 1975, que debe acelerarse en 1990 gracias a la entrada en de la ley de Revisi¨®n Constitucional aprobada por el Parlamento de Lisboa en junio ¨²ltimo y promulgada durante el verano, por el presidente Soares. Ello abre el pleito, entre el Estado portugu¨¦s y los antiguos propietarios y accionistas de las referidas cmpresas.
El Gobierno ha anunciado la intenci¨®n de dedicar parte del dinero recaudado con las privatizaciones a la fiquidaci¨®n de la deuda p¨²blica y en particular, de las idemnizaciones debidas a los empresarios expropiados, pero la legislaci¨®n sobre la materia est¨¢ siendo duramente cuestionada. En efectp, las indemnizaciones son calculadas sobre la base del valor del patrimonio expropiado a la fecha de la nacionalizaci¨®n, mientras que los afectados defienden la necesidad de de este mismo valor, a la fecha de la, liquidaci¨®n de las indemnizaciones. Los antiguos accionistas de las empresas reprivatizadas han formado una asociaci¨®n y pretenden poder cambiar los t¨ªtulos en su poder por las nuevas acciones ahora lanzadas al mercado.
El primer ministro, Cavaco Silva, y su ministro de Hacienda, Miguel Cadilhe, han tenido ya, en diversas ocasiones, la oportunidad de explicar que la finalidad de las indemnizaciones no consisten en reparar los perjuicios eventualmente causados por la decisi¨®n de las autoridades, entonces leg¨ªtimas, que decretaron las nacionalizaciones. El Estado se limita a cumplir los compromisos, posteriomente asumidos, de indemnizar a los afectados. ?stos han estado recibiendo, hace 10 a?os, "indemnizaciones compensatorias", en t¨ªtulos de deuda p¨²blica, equivalentes a los intereses del capital expropiado. Antonio Campalimaud no estar¨ªa en este caso, puesto que sus abogados, apenas comenz¨® a recibir estas indemnizaciones en 1989.
Entre tanto enpmparaci¨®n la segunda ola de privatizaciones, a realizar en 1990, y que podr¨¢n incidir, sobre la totalidad de las empresas, de acuerdo con la nueva Constituci¨®n portuguem en vez del 49%, como hasta ahora.
Una de las primeras empresas que podr¨¢ ser totalmente privatizada es la cervecera Centralcer. La evaluaci¨®n del capital, basada en una auditor¨ªa de la firma Coopers and Lybrand, fue confiada a dos grupos financieros, liderados por el Banco Portugu¨¦s de Investimento y el Esp¨ªrito Santo Socidad de Investimentos. La venta de las acciones de la empresa a privatizar suele ser efectuada por uno de los grupos encargados de la evaluaci¨®n.
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