Interior asegura que los polic¨ªas deben portar armas aun fuera de servicio
El Ministerio del Interior considera que los miembros de las Fuerzas de Seguridad (FSE) deben portar armas aun fuera de servicio para preservar la ley y la seguridad ciudadana, seg¨²n se?al¨® un portavoz oficial de ese departamento. Esta fuente se?al¨® que lo lamentable es el uso injustificado del arma, que en caso de ocasionar un delito doloso puede suponer la expulsi¨®n del cuerpo.
Interior no prev¨¦ un endurecimiento de la legislaci¨®n por estos hechos, que han vuelto a saltar a la opini¨®n p¨²blica tras los disparos efectuados el pasado d¨ªa 15 por un polic¨ªa en estado de embriaguez contra tres j¨®venes en Miranda del Ebro (Burgos), y apuesta por una mayor formaci¨®n y cursos de reciclaje para los agentes.La Ley Org¨¢nica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (LOFCS), de 13 de marzo de 1986, establece la dedicaci¨®n profesional continuada de los agentes, al se?alar que los miembros de los cuerpos de seguridad "deber¨¢n llevar a cabo sus funciones con total dedicaci¨®n, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana". En virtud de este precepto, Interior considera que los polic¨ªas deben portar siempre su arma. La Direcci¨®n de la Polic¨ªa a?ade a este argumento: "Un polic¨ªa siempre puede ser objetivo de una acci¨®n terrorista".
El Reglamento Disciplinario del Cuerpo Nacional de Polic¨ªa, de julio pasado, incluye como falta grave la utilizaci¨®n del arma infringiendo las normas y "exhibir el arma reglamentarla sin causa justificada". La falta grave est¨¢ castigada administrativamente con la suspensi¨®n desde cinco d¨ªas a tres a?os. No obstante, si ese uso injustificado conlleva un delito doloso la calificaci¨®n de la falta aumenta a "muy grave" y el agente infractor puede ser expulsado del Cuerpo. Una circular interna de abril pasado especifica que las armas s¨®lo se pueden usar cuando se "encuentren en situaci¨®n de peligro para su vida o la de terceras personas, ¨²nicamente superable [la situaci¨®n] mediante esa utilizaci¨®n".
"Culto a las armas"
Embriagarse est¨¢ penado por el reglamento como falta muy grave, reducida a grave cuando el agente est¨¢ fuera de servicio y afecte a la imagen del Cuerpo. No obstante, el que un polic¨ªa, incluso vestido de uniforme, tome copas en un bar no est¨¢ castigado, siempre que no supere la tasa de alcoholemia.Jos¨¦ Manuel S¨¢nchez, miembro del Sindicato Unificado de Polic¨ªa (SUP) -la organizaci¨®n mayoritaria-, critic¨® "el culto a las armas" que se da en el Cuerpo y resalt¨® que en la ley de fuerzas y cuerpos de seguridad se define a la Polic¨ªa como "instituto civil arrnado". Eduardo Alaiz, miembro de la ejecutiva del SUP, agreg¨® que "cuando se elabor¨® la ley, se perdi¨® una ocasi¨®n de oro para suprimir el portar armas fuera de servicio".
Miguel Mart¨ªn Pedraz, presidente del Sindicato Profesional de Polic¨ªa (SPP) -mayoritario entre los inspectores manifest¨® que su organizaci¨®n "no es partidaria del pistolerismo" y que est¨¢ en contra de que "fuera de servicio, los funcionarios porten armas". El dirigente policial matiz¨® esta afirmaci¨®n en el caso de agentes que "corren riesgos por razones de seguridad personal" como los que participan en la lucha antiterrorista.
Vicente Gonz¨¢lez Claro, de la Asociaci¨®n Nacional de Polic¨ªa Uniformada, dijo que "entendemos que los polic¨ªas estamos las 24 horas de servicio".
Diversos polic¨ªas han se?alado que la prohibici¨®n de portar armas fuera del servicio, las comisar¨ªas tendr¨ªan problemas por la escasez de armeros. Fuentes policiales resaltaron este hecho en el caso de las empresas privadas de seguridad. En los nueve primeros meses de 1989, Interior impuso 44 sanciones por negligencia en la custodia de armas.
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