La Seguridad Social en la d¨¦cada de los noventa
La Seguridad Social espa?ola se encuentra hoy d¨ªa en uno de los momentos m¨¢s importantes de su historia reciente. Tras las reformas llevadas a cabo durante la pasada d¨¦cada, que han perfeccionado y reforzado el sistema, se ha dado un paso decisivo en la universalizaci¨®n de la protecci¨®n de la Seguridad Social con la entrada en vigor de la Ley de Prestaciones No Contributivas, en un momento en el que nos preparamos desde la estabilidad alcanzada por el sistema, para hacer frente a las transformaciones sociodemogr¨¢ficas que se avecinan y para cumplir el compromiso ineludible, desde el punto de vista del bienestar social, de establecer un espacio social europeo, sin el cual el mercado interior no podr¨¢ dar los resultados esperados.En la construcci¨®n de esta estabilidad, y para afrontar con serenidad el futuro, se ha venido trabajando en los ¨²ltimos a?os para, poniendo los pilares que procurasen, hacer de nuestro sistema de protecci¨®n un sistema s¨®lido, estructurado, capaz de dar respuesta a las necesidades sociales y eficaz en su gesti¨®n. En definitiva, un sistema de Seguridad Social que se encontrase en favorables condiciones de partida tanto para proceder a la extensi¨®n de la protecci¨®n como para afrontar los nuevos retos que se presentar¨¢n en el futuro.
En esta tarea de cimentar nuestro sistema de Seguridad Social, la primera preocupaci¨®n del Gobierno socialista fue consolidar y perfeccionar el sistema contributivo de protecci¨®n heredado de ¨¦pocas pasadas, objetivo que persegu¨ªa la reforma del sistema de pensiones que supuso la Ley 26 / 85, que adem¨¢s de simplificar la estructura del sistema pretendi¨® reforzar, como premisa previa ante futuros cometidos de generalizaci¨®n de la protecci¨®n, el car¨¢cter proporcional y contributivo de las pensiones. Posteriormente fueron los aspectos econ¨®micos-financieros los que centraron la atenci¨®n. Antes de abordar nuevas formas de protecci¨®n era necesario dotar al sistema contributivo de una estabilidad econ¨®mica que garatizase en el futuro su suficiencia financiera, y para ello fue necesario clarificar el panorama de la financiaci¨®n, deslindando las fuentes de recursos, que deber¨ªan estar constituidas esencialmente por cotizaciones si se tratase de dar cobertura a prestaciones contributivas, es decir, en estrecha relaci¨®n con las aportaciones individuales, y de transferencias del Estado a la Seguridad Social, en su mayor parte cuando se financiasen prestaciones de naturaleza no contributiva, donde el principio de solidaridad interviene m¨¢s directamente, lo cual se llev¨® a cabo a trav¨¦s de la reforma efectuada en 1989.
A la vez, se realiz¨® en ese mismo a?o y en 1990 un acercamiento de las bases de cotizaci¨®n a los salarios reales, con la triple finalidad de mejorar la protecci¨®n de los trabajadores en activo, al acentuar la funci¨®n de sustituci¨®n de rentas sobre bases elevadas, propiciar una mejor distribuci¨®n de la carga contributiva entre las empresas, favoreciendo a la mediana y peque?a empresa, y eliminar posibles situaciones de fraude en la cotizaci¨®n.
Todo ello ha conducido a que las cotizaciones sociales, que financiaban en 1980 el 89,4% del presupuesto de la Seguridad Social, hayan pasado a financiar el 69,2% del presupuesto de 1991, y que las transferencias del Estado y otros ingresos, que en 1980 representaban el 10,6%, financien en 1991 el 30,8% del presupuesto. En paralelo, las cuestiones internas de gesti¨®n centraron un tercer aspecto de la reforma, porque desde el primer momento se tuvo conciencia de que no basta para cubrir los fines de protecci¨®n que la Seguridad Social tiene encomendados con disponer de un amplio abanico de medidas protectoras, sino que es necesario, y casi me atrever¨ªa a decir que fundamental, que la satisfacci¨®n de los derechos que conlleva la Seguridad Social y el cumplimiento de las obligaciones que comporta se realicen con prontitud, seguridad, agilidad y en estrecha comunicaci¨®n con el ciudadano para conseguir un correcto funcionamiento de la actividad prestacional que lleva a cabo la Seguridad Social.
Completar el sistema
Tras estas reformas, el objetivo siguiente, desde el punto de vista de la protecci¨®n, se dirigi¨® a completar el sistema protector para pasar a cubrir las necesidades de los colectivos que quedaban excluidos de su modalidad contributiva. Es decir, extender la red protectora del sistema de la Seguridad Social al conjunto de los ciudadanos de acuerdo con el mandato constitucional.Y este objetivo, a cuyo cumplimiento se dirige la recientemente aprobada ley por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas, permite, en t¨¦rminos generales, hablar en el sistema espa?ol de un modelo de Seguridad Social en el que la protecci¨®n se extiende a todos los ciudadanos, tanto a los que han cotizado como a aquellos que, sin tener la carencia correspondiente, se encuentran en situaci¨®n de necesidad en la vejez o incapacidad, y todo ello mediante la integraci¨®n arm¨®nica de dos modalidades: una, contributiva, como n¨²cleo central del sistema, que proporciona rentas de sustituci¨®n proporcionales al esfuerzo contributivo realizado y en estrecha relaci¨®n con los salarios de activo, y otra, no contributiva, que facilita rentas de compensaci¨®n a quienes, por causa de su incapacidad o edad, no han logrado integrarse en el mercado de trabajo o se han visto expulsados de ¨¦l antes de completar sus derechos en la modalidad contributiva. Una protecci¨®n que no se limita a una renta econ¨®mica, sino que se extiende tambi¨¦n a la asistencia m¨¦dico-farmac¨¦utica, a los servicios sociales y, en su caso, a la protecci¨®n familiar, configur¨¢ndose as¨ª con un contenido protector integral.
Este modelo cuenta, adem¨¢s, con el refrendo social obtenido en los acuerdos alcanzados con los interlocutores sociales, y que afecta tanto a las pensiones contributivas y no contributivas (acuerdo con las organizaciones sindicales) como a las cotizaciones sociales (acuerdo con las organizaciones empresariales). Con ellos se logra un pacto decisivo para la protecci¨®n social con vigencia para toda la legislatura y que se traduce en la existencia de un consenso social sobre la necesidad de mantener, consolidar, y desarrollar nuestro sistema de Seguridad Social en un r¨¦gimen de equilibrio econ¨®mico.
De esta forma se cierra, por tanto, un ciclo de reformas en la historia reciente de Seguridad Social espa?ola, que coincide con la ¨²ltima d¨¦cada y de cuya evoluci¨®n constituyen manifestaciones ciertamente significativas tanto la variaci¨®n experimentada en los recursos asignados para la cobertura de pensiones como el propio importe total de la Seguridad Social, que en uno y otro caso se han multiplicado casi por cinco: de los 875.000 millones de pesetas dedicados a pensiones en 1980 se ha pasado a los m¨¢s de 4,18 billones de 1991, y de los 1,73 billones de pesetas a que ascendi¨® el gasto total de la Seguridad Social en 1980 se pasa a 7,12 billones presupuestados para 1991.
Con este importante esfuerzo realizado por la sociedad en su conjunto se ha podido conseguir lo que ha sido un objetivo prioritario de la pol¨ªtica seguida por el Gobierno socialista en los ¨²ltimos a?os en la Seguridad Social: tejer una red de cobertura social con la configuraci¨®n de un esquema integral de protecci¨®n que no s¨®lo diera cabida a la esfera profesional o contributiva, sino que tambi¨¦n contuviera la respuesta protectora a los que no han tenido opci¨®n de integrarse en los esquemas productivos y de participar en sus beneficios, garantiz¨¢ndose as¨ª, por primera vez en la historia de nuestro pa¨ªs, la erradicaci¨®n de las situaciones m¨¢s severas de marginaci¨®n y pobreza en los casos de vejez y de incapacidad.
Nuevos retos
Tras la aprobaci¨®n de la nueva ley creo que en los pr¨®ximos a?os la atenci¨®n deber¨¢ centrarse en afrontar los nuevos retos que la d¨¦cada de los noventa presentar¨¢ para los sistemas de protecci¨®n social, retos, que como han declarado en sucesivas ocasiones las organizaciones internacionales, no requieren transformar necesariamente los esquemas vigentes de Seguridad Social, sino preservar el nivel de protecci¨®n alcanzado, consolidarlo y completarlo con actuaciones concretas dirigidas a dar respuesta a las nuevas necesidades sociales para evitar, en la medida de lo posible, que en nuestras sociedades se instale de forma irreversible un proceso de dualizaci¨®n social.En este sentido, nuestra Ley de Pensiones No Contributivas responde, como ya comentaba, a una toma de conciencia de estos nuevos problemas sociales de las caracter¨ªsticas de la nueva sociedad que est¨¢ surgiendo en estas ¨²ltimas d¨¦cadas del siglo, y constituye, en consecuencia, un adecuado punto de partida para afrontar los retos que la evoluci¨®n social pone ante todos nosotros.
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