El Tribunal de Luxemburgo anul¨® ayer la ley de pesca brit¨¢nica
La discriminaci¨®n por nacionalidad, residencia y domicilio de las empresas pesqueras espa?olas con barcos faenando en aguas del Reino Unido bajo pabell¨®n ingl¨¦s es contraria al derecho comunitario, seg¨²n la sentencia que emiti¨® ayer el Tribunal de Justicia de la CE. La sentencia cierra as¨ª el proceso judicial abierto entre los tribunales brit¨¢nicos y la Corte de Luxemburgo tras la aprobaci¨®n de la "Merchant Shipping Act" -Registro de Buques brit¨¢nico- por el Parlamento del Reino Unido en 1988.El juicio emitido por el Tribunal de Luxemburgo es una "cuesti¨®n prejudicial" ya que fue el juez brit¨¢nico que estudia las demandas presentadas por los armadores espa?oles quien solicit¨® la opini¨®n del Tribunal de Justicia de la CE sobre si las condiciones del nuevo Registro de Buques brit¨¢nico eran contrarias al Tratado de Roma y corresponde a ¨¦l la decisi¨®n definitiva sobre el caso.
La ley brit¨¢nica introdujo como condiciones para la matriculaci¨®n de los barcos que los propietarios y los titulares de las empresas de explotaci¨®n tuvieran nacionalidad brit¨¢nica as¨ª como las tripulaciones, y en el caso de sociedades, que el 75% del capital correspondiera a ciudadanos brit¨¢nicos. Igualmente se exig¨ªa que los propietarios y las empresas tuvieran su residencia y domicilio en el Reino Unido.
Un centenar de pesqueros, en su mayor¨ªa gallegos, se han visto afectados en su actividad de la que dependen 1.200 puestos de trabajo directos y 6.600 indirectos.
En noviembre del a?o pasado 33 empresas pesqueras gallegas llegaron a un acuerdo con el Ministerio brit¨¢nico de Agricultura y Pesquer¨ªas. Por ¨¦l consiguieron la matriculaci¨®n de sus barcos en el "registro de buques" a cambio de renunciar a las indemnizaciones que pudieran derivarse de los perjuicios causados por la aplicaci¨®n de la ley brit¨¢nica.
Asimismo se compromet¨ªan a distintas condiciones de visitas a puertos, comunicaci¨®n previa de su entrada en actividad y a inspecciones a bordo durante su presencia en aguas brit¨¢nicas.
El Tribunal de Justicia de la CE emiti¨® en junio del a?o pasado, a instancias de un recurso de la Comisi¨®n Europea, una sentencia parcial en la que declaraba la ilegalidad de cualquier discriminaci¨®n, incluida la de la nacionalidad. El juez ingl¨¦s decidi¨® entonces suspender cautelarmente la aplicaci¨®n del resto de requisitos de matriculaci¨®n del Registro de Buques brit¨¢nico.
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