Hacienda devolvera a La Caixa 20.000 millones del impuesto de sociedades
Hacienda cursar¨¢ este mes la orden de pago de los m¨¢s de 20.000 millones de pesetas que La Caixa ha reclamado en concepto de devoluci¨®n de cantidades retenidas en exceso en el impuesto de sociedades del ejercicio de 1989, seg¨²n han confirmado a este diario fuentes de la Administraci¨®n. Hacienda a¨²n no ha tomado ninguna decisi¨®n sobre los 24.232 millones de pesetas que la entidad de ahorro reclama por el ejercicio de 1990.
La Oficina Nacional de Inspecci¨®n ha informado favorablemente a la petici¨®n de La Caixa por el a?o 1989, por lo que Hacienda proceder¨¢ a liquidar la cantidad solicitada a lo largo del corriente mes de enero, para evitar el pago de inter¨¦s de demora. Un portavoz de La Caixa declar¨® que la entidad no tiene noticias sobre esta decisi¨®n.Seg¨²n la Administraci¨®n, es relativamente habitual que la entidad que dirige Josep Vilarasau obtenga devoluciones por la liquidaci¨®n del Impuesto de Sociedades. En concreto, seg¨²n las cifras facilitadas en su d¨ªa por la entidad, se le devolvieron 810 millones en 1985, 2.886 en 1986, 7.400 en 1987 y 4.721 millones en 1988.
La entidad de ahorro ha justificado estas constantes devoluciones por tres factores combinados: porque s¨®lo tributa por la mitad de sus beneficios, al destinar el otro 50% a Obra Social; por los elevados tipos de retenci¨®n aplicados por Hacienda, que permite que al final del ejercicio el saldo entre las retenciones practicadas y el impuesto a pagar ofrezca un saldo positivo para la entidad de ahorro; y por el bajo nivel de beneficios obtenido en los ¨²ltimos a?os, que reduce sensiblemente el Impuesto de Sociedades a liquidar.
'Repos' masivas
Con todo, el factor que ha disparado las cuant¨ªas a devolver, seg¨²n la entidad de ahorro, es la masiva realizaci¨®n de operaciones de cesi¨®n de activos de deuda p¨²blica con pacto de recompra, conocidas en la jerga econ¨®mica como repos. En estas operaciones, la retenci¨®n del 25% es soportada por la entidad, ya que nunca de ser la titular del activo.Las repos consisten en suscribir deuda del Estado a tres o cinco a?os y, posteriormente, cederla a clientes con pacto de recompra. Para el cliente tiene la doble ventaja de que obtiene liquidez en el momento que lo desea y que las ganancias logradas en el pacto de recompra no se consideran rendimientos del capital, ya que tienen tratamiento fiscal de aumento de patrimonio. De esta forma, no soportan retenci¨®n y tienen mayores posibilidades de eludir el control de Hacienda.
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