Un marqu¨¦s disputa el ducado de Hernani a la hermana del Rey
Francisco Javier M¨¦ndez Vigo, marqu¨¦s de ?tarce, ha demandado judicialmente a la infanta Margarita de Borb¨®n y Borb¨®n, hermana del Rey, a la que reclama el t¨ªtulo de duque de Hernani. Do?a Margarita acusa de "temeridad y mala fe" al demandante y asegura que su posesi¨®n del ducado de Hernani es completamente legal.
La demanda del marqu¨¦s de Atarce fue admitida a tr¨¢mite por el juez de primera instancia n¨²mero 55 de Madrid, ?ngel Vicente Illescas. El demandante, asesorado por el letrado Luis Alfonso M¨¦ndez de Vigo, recordaba que el t¨ªtulo de duque de Hernani, con grandeza de Espa?a, fue concedido en 1914 a Manfredo Borb¨®n y Bernaldo de Quiros, quien falleci¨®, sin descendencia, en 1979, por lo que, siendo ¨¦l "sobrino carnal de don Manfredo", le corresponde el t¨ªtulo.El marqu¨¦s de Atarce argumenta que, por el contrario, la infanta Margarita "ante la sorpresa general", asegura M¨¦ndez de Vigo, aleg¨® haber sido nombrada sucesora en el ducado de Hernani en el ¨²ltimo testamento de su primer titular. Entre otros documentos que para ello aport¨® la infanta, el demandante se refiere a una copia de un escrito del Ministerio de Justicia sobre un real decreto por el que el Rey le autoriza para que nombre sucesor. El demandante advierte que "no existe Bolet¨ªn Oficial del Estado en el que aparezca el tal supuesto real decreto", por lo que deduce que el escrito del Ministerio de Justicia "es enga?oso y falso, ya que se refiere a un documento inexistente".
En relaci¨®n con esta demanda, el fiscal reconoce que el 10 de noviembre de 1977, don Juan Carlos dict¨® un real decreto por el que accedi¨® a la petici¨®n del duque de Hernani y le autoriz¨® a designar sucesor entre sus parientes que ostentasen, como ¨¦l, el primer apellido Borb¨®n. Pide que se desestime la demanda.
Un decreto ?falso o v¨¢lido?
En contestaci¨®n a la demanda, la infanta Margarita, con la direcci¨®n letrada del catedr¨¢tico de Derecho Civil Ram¨®n L¨®pez Vilas, alega que el Tribunal Supremo ya desestfin¨¦ el 24 de enero de 1986 la demanda contenciosoadministrativa de M¨¦ndez de Vigo contra las ¨®rdenes de Justicia que aplicaron el real decreto de 10 de noviembre de 1977. Argumenta que, a pesar de que el alto tribunal declar¨® en aquella fecha el real decreto "v¨¢lido y eficaz, por ser conforme a derecho", el demandante insiste en atribuirle los calificativos de "supuesto", "enga?oso" y 'Talso".En cuanto a la no publicaci¨®n en el BOE, razona, que tal real decreto, por no tratarse de una disposici¨®n de car¨¢cter general acordada en Consejo de Ministros, sino de "una resoluci¨®n, decisi¨®n o determinaci¨®n del Jefe del Estado ( ... ) en asunto de su exclusiva y excluyente competencia", no exige la publicaci¨®n en el BOE; "como tiene reiterada la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina del Consejo de Estado", de la que aporta numerosas muestras. L¨®pez Vilas pide, en consecuencia, al juez que desestime la demanda y condene al demandante.
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