Justicia anuncia una ley para controlar los permisos que los jueces dan a los presos
El ministro de Justicia, Tom¨¢s de la Quadra, afirm¨® ayer que es necesario reflexionar con serenidad sobre el asesinato de las tres ni?as de Alc¨¤sser a la hora de plantear reformas de las leyes. Entre otras cosas, el ministro anunci¨® su prop¨®sito de "llevar a nivel de ley" la circular que se dict¨® en 1988 seg¨²n la cual corresponde a Instituciones Penitenciarias vigilar la concesi¨®n de los permisos que los jueces de vigilancia conceden a los presos. "Tenemos que elevarla a nivel de ley", dijo De la Quadra, "para que no se produzca una diferencia de criterios entre la instituci¨®n penitenciaria y los jueces".El ministro dijo tambi¨¦n que en el nuevo C¨®digo Penal ya est¨¢ previsto un endurecimiento de penas para los delitos que tienen que ver con menores. Sobre los asesinatos, dijo: "En estos momentos, un delito de asesinato puede ser condenado con una pena de reclusi¨®n mayor de 20 a 30 a?os, que en t¨¦rminos reales de cumplimiento es de 15 a 22 a?os. Est¨¢ la realidad que se produce tras la aplicaci¨®n autom¨¢tica del beneficio de reducci¨®n de penas por el trabajo, reducci¨®n que se aplica autom¨¢ticamente. Sin embargo, en el nuevo C¨®digo Penal se incrementa la pena real, pues se mantiene el tope m¨ªnimo de 15 a?os y se eleva el m¨¢ximo a 25, y si hay m¨¢s de un delito se acumulan las penas de cada uno".
Asimismo, recuerda De la Quadra que el nuevo C¨®digo Penal incorpora que "personas exentas por raz¨®n de una enajenaci¨®n mental o con responsabilidad disminuida no queden en libertad generando situaciones de peligro".
A la cuesti¨®n de las cr¨ªticas que han concitado asesinatos recientes de ni?as por parte de presos con permisos temporales, Tom¨¢s de la Quadra responde: "En 1988, Justicia realiz¨® una circular distinguiendo los posibles beneficios penitenciarios en raz¨®n de la personalidad y peligrosad del delincuente y de la gravedad del delito. En esta circular se recog¨ªa que fuera la propia direcci¨®n general de Instituciones Penitenciarias quien vigilara la concesi¨®n de estos permisos. Esta precisi¨®n, que ahora est¨¢ a nivel de circular y que ha venido aplic¨¢ndose a nivel de la Administraci¨®n, hay que llevarla a nivel de ley para que no se produzca una diferencia de criterios entre la instituci¨®n penitenciaria y los jueces".
"Por eso", a?ade, "voy a proponer al Gobierno que se incorpore el contenido de esta circular a la legislaci¨®n. De esta manera se suprimir¨¢n automatismos en la aplicaci¨®n de permisos, deslindando el ¨¢mbito de la responsabilidad de la administraci¨®n penitenciaria y el ¨¢mbito del juez para que no haya confusiones".
Mientras tanto, "una de las modificaciones que se pueden incorporar a la Ley Penitenciaria es que si los jueces de vigilancia entienden que deben conceder un permiso, en contra de la opini¨®n del fiscal, el recurso del fiscal impida -hasta que decida el Tribunal Superior- la aplicaci¨®n del permiso", concluy¨®.
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