Contradicciones con el Constitucional
El Supremo ha anulado el juicio de Tous por considerar que un mismo magistrado no pod¨ªa dictar el procesamiento de uno de los implicados y formar parte, despu¨¦s, del tribunal encargado de dictar sentencia. El Supremo se basa para ello en la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional el 12 de julio de 1988 que, con car¨¢cter general, sirvi¨® para dejar establecida la imposibilidad de ser, al mismo tiempo, juez instructor y juzgador.Sin embargo, se aprecia una contradicci¨®n entre esta doctrina general del Tribunal Constitucional -basada a su vez en el Convenio para la Protecci¨®n de los Derechos Humanos- y su aplicaci¨®n concreta al caso de Tous. Uno de los acusados, el comisario de aguas del J¨²car, Juan Sancho-Tello, pidi¨® amparo al Constitucional para recusar a Jos¨¦ Luis P¨¦rez Hern¨¢ndez, uno de los magistrados del tribunal que deb¨ªa, juzgarle -precisamente el que hab¨ªa decretado su procesamiento-, pero la Sala Segunda del Constitucional deneg¨® el amparo, por sentencia de 27 de abril de 1989, afirmando que en el caso de Tous quedaba "plenamente salvaguardado el derecho a un juicio con todas las garant¨ªas".
La sentencia dictada ayer por el Supremo no est¨¢ de acuerdo con esa ¨²ltima decisi¨®n del Constitucional. El Supremo se?ala que el "auto de procesamiento dictado contra Juan Sancho-Tello [redactado por el magistrado que despu¨¦s presidi¨® el tribunal] es un puro juicio anticipado de culpabilidad, cuyo antecedente f¨¢ctico fue llevado adem¨¢s casi ¨ªntegro a la sentencia condenatoria proferida contra ¨¦l". En ambos casos intervino el mismo juez, al que el ingeniero recus¨® sin ¨¦xito.
Ahora, a pesar del pronunciamiento del Constitucional sobre la legalidad del tribunal que juzgo el caso de Tous, el Supremo ha anulado el juicio por considerar que el tribunal juzgador no reun¨ªa los requisitos de imparcialidad. El Supremo entiende que el tribunal, estuvo mal constituido porque uno de sus integrantes no reun¨ªa el requisito de "imparcialidad objetiva", es decir, la ausencia total de prejuicios.
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