El relevo del defensor
?LVARO GIL-ROBLES, defensor del pueblo durante los ¨²ltimos cinco a?os, ha dejado de serlo sin que el Parlamento haya iniciado el procedimiento para designar a su sucesor en un plazo no superior a un mes, como est¨¢ previsto en la ley org¨¢nica que regula la instituci¨®n. 0 sea, que es previsible que se vulnere una vez m¨¢s un principio elemental para el buen funcionamiento de las instituciones: que el relevo de quienes deben dirigirlas por mandato constitucional se haga en tiempo y en forma debidos.No es gratuito el que se respeten los plazos que marcan las leyes para efectuar los relevos. Su incumplimiento formal suele remitir a pugnas interpartidistas que fuerzan o desconocen los criterios constitucionales de elecci¨®n y que colorean de parcialidad el comportamiento futuro del designado para formar parte o regir los destinos de la instituci¨®n correspondiente. Los precedentes del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas o incluso del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no dejan lugar a dudas sobre las malas artes que se han ido ense?oreando del procedimiento de designaci¨®n parlamentaria de los altos cargos institucionales.
En el caso del cese y consiguiente relevo de ?lvaro Gil-Robles, la entrada en liza de intereses espec¨ªficamente electorales puede provocar que la instituci¨®n entre en una prolongada y, paralizante interinidad hasta el d¨ªa despu¨¦s de los comicios. El desempe?o interino de funciones est¨¢ contemplado en la ley como soluci¨®n de emergencia en el intervalo sucesorio. De ah¨ª que sea normal que la adjunta primera del defensor del pueblo, Margarita Rituerto -promovida a este cargo por el Partido Popular-, haya asumido tales funciones. Pero prolongar esta situaci¨®n m¨¢s all¨¢ del tiempo razonable para que los grupos parlamentarios se pongan de acuerdo sobre el candidato -la exigible mayor¨ªa cualificada de tres quintos, 210 parlamentarios, obliga a este pacto- ser¨ªa un fraude de ley. Y un aprovechamiento interesado por parte del grupo parlamentario que pugnase por mantener esta situaci¨®n.
Desgraciadamente, no existe indicio alguno -m¨¢s bien la actual situaci¨®n preelectoral los acrecienta- de que no vayan a reproducirse en la designaci¨®n del nuevo defensor del pueblo los clich¨¦s ya conocidos: intercambio de candidatos pol¨ªticamente pr¨®ximos en un clima de mercadeo que deja en segundo lugar los rasgos del perfil exigible al mismo y el inter¨¦s por asegurar la utilidad de la instituci¨®n. En esta ocasi¨®n, el riesgo es mayor si, como pretende el PSOE, la candidatura para el defensor del pueblo se acumula a las de las dos vocal¨ªas que est¨¢n vacantes en el CGPJ.
En todo caso, el ejemplo de ?lvaro Gil-Robles muestra que los particulares designios que puedan tener los grupos pol¨ªticos sobre sus candidatos no son ¨®bice para que ¨¦stos cumplan con dignidad y firmeza sus tareas. Durante su mandato, la instituci¨®n del Defensor del Pueblo se ha consolidado y convertido en vigilante engorroso de abusos y deficiencias de la Administraci¨®n. Tambi¨¦n se ha mostrado sensible a los problemas que han ido apareciendo o agrav¨¢ndose en estos a?os en la sociedad espa?ola: brotes racistas o xen¨®fobos, rechazo al emigrante, aumento de la marginaci¨®n social. Es cierto que su decisi¨®n de no impugnar la Ley de Seguridad Ciudadada motiv¨® el que ahora no le apoyen Izquierda Unida y el PP, como tambi¨¦n fue criticado su antecesor en el cargo, Joaqu¨ªn Ruiz-Gim¨¦nez, por hacer lo propio con la ley antiterrorista. Pero ?basta un posible error para borrar los aciertos de un mandato?
En suma, el futuro de la instituci¨®n del Defensor del Pueblo depende del acierto en la designaci¨®n de su nuevo titular, de su enraizamiento en la sociedad, de una mayor sensibilidad de la Administraci¨®n a sus requerimientos, as¨ª como de medios legales que le doten de algo m¨¢s que de fuerza moral. Asuntos de los que los partidos pol¨ªticos apenas se han preocupado, atentos s¨®lo a las peri¨®dicas batallas sucesorias o a la recepci¨®n protocolaria de los informes anuales. Si mostraran el mismo celo por el funcionamiento eficaz de la. instituci¨®n que por la designaci¨®n de su titular, a buen seguro que los ciudadanos se lo agradecer¨ªan.
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