Condenado un piloto por transportar pasaje hasta en el ba?o del avi¨®n
El comandante de aviaci¨®n Jes¨²s Eir¨¢s Eir¨¢s ha sido condenado por el Juzgado de Instrucci¨®n N¨²mero 3 de Vitoria a 20 d¨ªas de arresto y al pago de las costas procesales por permitir el acceso a bordo del avi¨®n que pilotaba a 20 personas m¨¢s de las permitidas, 13 de ellas menores, algunos de los cuales viajaron en el ba?o. El origen de la condena fue la denuncia formulada por el padre de uno de los ni?os, que ha mostrado su satisfacci¨®n por la sentencia, para la que los motivos comerciales no justifican el riesgo del pasaje y la tripulaci¨®n.
Varios de los ni?os tuvieron que hacer parte del trayecto entre Vitoria y Madrid, el d¨ªa 30 de julio de 1991, sentados en el ba?o, de dos en dos en cada asiento, y el resto de pie, sin m¨¢scaras de ox¨ªgeno, chalecos salvavidas ni cinturones de seguridad.El titular del juzgado alav¨¦s, Jos¨¦ Miguel Mart¨ªnez, que enmarca la sentencia en los art¨ªculos 60 y 71 de la Ley Procesal y Penal de la Navegaci¨®n A¨¦rea, as¨ª como en la Circular Operativa 1/77, justifica la misma asegurando que "se est¨¢ ante una infracci¨®n legal cuyas consecuencias pudieron ser grav¨ªsimas, dado que la conducta imprudente del comandante de la aeronave puso en peligro serio la seguridad de ¨¦sta, y por consiguiente la de las personas que viajaban en la misma, as¨ª como la de la propia tripulaci¨®n".
El exceso de pasaje se produjo el 30 de julio de 1991, cuando un vuelo charter de la ya extinta compa?¨ªa Nort Jet Londres-Madrid hizo escala en Vitoria. La parada ten¨ªa como objetivo recoger a varios pasajeros del vuelo Vitoria-Tenerife, que no pudo despegar debido a una aver¨ªa.
Asientos ocupados
Cuando el pasaje que proven¨ªa de Londres se reincorpor¨® al avi¨®n para iniciar viaje a Madrid se encontr¨® con que 13 de los asientos en los que hab¨ªan viajado en el anterior trayecto estaban ocupados.
La sentencia responsabiliza al comandante de "autorizar personalmente el embarque de todos los pasajeros, 13 de los cuales eran menores, que hubieron de viajar de pie, agrupados de dos en dos en una butaca, e incluso utilizando los asientos del W. C.".
El hecho fue denunciado por el padre de uno de los ni?os en la Direcci¨®n General de Aviaci¨®n Civil, desde donde se traslad¨® el asunto directamente al juzgado de Vitoria.
El denunciante, Ricardo Ortega Rodr¨ªguez-Arias, residente en Madrid, se mostr¨® ayer satisfecho de la sentencia, a pesar del car¨¢cter casi simb¨®lico de la condena. "Ya va siendo hora", dijo, "de que la Administraci¨®n espa?ola vaya poniendo cartas en el asunto, y agradezco a la Administraci¨®n de justicia que penalice ese tipo de actitudes".
La sentencia indica que "no es admisible que por razones puramente comerciales o mercantiles se pierda de vista el horizonte de lo racional y se juegue negligentemente con el derecho a la vida de los usuarios de un avi¨®n, por m¨¢s que ello convenga a los intereses de una empresa".
La resoluci¨®n judicial razona, entre otro argumentos: "Es de destacar, adem¨¢s, que los usuarios no s¨®lo tienen derecho a la propia seguridad, sino tambi¨¦n a la comodidad, cuando abonan sus billetes, por lo que no proporcionarles la que les corresponde supone un fraude a los consumidores que debe ser reprimido".
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