Grandezas y miserias del seguro de paro
El seguro de desempleo constituye uno de los mecanismos de redistribuci¨®n de la renta que poseen las sociedades industriales modernas. Este seguro permite a las personas que han perdido su empleo recibir unos ingresos mientras encuentran un nuevo puesto de trabajo. Pero frente a esta importante labor social, el seguro de desempleo desencadena ciertos mecanismos en el funcionamiento del mercado & trabajo, que, en la mayor¨ªa de las ocasiones, incrementan el desempleo existente o dificultan una recuperaci¨®n eficaz del empleo en ¨¦pocas de crecimiento econ¨®mico.Estudios llevados a cabo en bastantes pa¨ªses han mostrado que, en promedio, los desempleados que perciben prestaciones por desempleo buscan empleo con menor intensidad y son m¨¢s selectivos a la hora de aceptar los puestos de trabajo que les son ofrecidos, increment¨¢ndose por ello el n¨²mero de meses que estos trabajadores "permanecen parados. Este efecto es tanto mayor cuanto m¨¢s generosas son las prestaciones y cuanto m¨¢s largo es el periodo m¨¢ximo durante el que pueden recibirse estos ingresos sociales, ya que existe cierta tendencia por parte de los parados a agotar el plazo m¨¢ximo. ?ste y otros fen¨®menos explican que el seguro de desempleo sea una de las, causas, aunque por supuesto no la ¨²nica ni la m¨¢s importante, del elevado desempleo. La reducci¨®n de la intensidad con la que los parados buscan trabajo inhibe, adem¨¢s, el deseable ajuste los salarios reales, siguiendo a las fuerzas del mercado, para poder absorber la mano de obra desempleada.
Igualmente, en presencia de seguro de desempleo, los contratos temporales y el empleo discontinuo se vuelven m¨¢s atractivos para algunos trabajadores y para las empresas: un contrato temporal otorga el derecho a algunos meses de obtenci¨®n de la prestaci¨®n por desempleo. Se incentiva as¨ª una rotaci¨®n laboral entre el desempleo y el empleo. La regulaci¨®n del seguro de desempleo espa?ola favoreci¨®, de este modo, la enorme proliferaci¨®n de los contratos temporales entre 1985 y 1991, as¨ª como la aparici¨®n de una importante rotaci¨®n laboral, correspondiendo ¨¦sta generalmente con el periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n para tener derecho a las prestaciones (que hasta 1992 era de seis meses). Es precisamente esta generalizaci¨®n de la alternancia entre empleo temporal y desempleo pagado la que lleva hacia 1991 a un fuerte desequilibrio estructural entre los gastos del sistema y su recaudaci¨®n por cotizaciones. El Real Decreto de 3 de abril de 1992 redujo la cuant¨ªa de las prestaciones, as¨ª como su duraci¨®n. Es todav¨ªa pronto para valorar los efectos de esta medida, pero es probable que haya reducido la duraci¨®n media del desempleo (si deducimos el incremento en esta magnitud que se debe a la crisis econ¨®mica).
Juan Manuel Blanco S¨¢nchez. Departamento de an¨¢lisis econ¨®mico de la Universidad de Valencia
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