El Supremo suspende los reglamentos del impuesto indirecto de, Canarias
Un auto de la Sala de lo Contencioso-Adinmistrativo del Tribunal Supremo ha determinado, tras un recurso de la C¨¢mara de Comercio de Las Palmas -apoyada por la de Tenerife y las dos patronales canarias-, la suspensi¨®n cautelar del real decreto de 30 de diciembre de 1992, que regula el Impuesto General Indirecto de Canarias (IGIC) y el Arbitrio a la Producci¨®n e Importaci¨®n de las Islas Canarias (APIC), por un defecto de forma, al no haber cumplido el Gobierno central el tr¨¢mite de consulta a las organizaciones empresariales de las islas antes de establecer los reglamentos correspondientes.La sentencia a¨²n no es firme. El Ejecutivo dispone de cinco d¨ªas para recurrirla y las C¨¢maras de Comercio de otros tres d¨ªas para hacer sus alegaciones.
La suspensi¨®n cautelar por el Tribunal Supremo de los reglamentos de ambos impuestos crea un "vac¨ªo legal", seg¨²n los empresarios, en la nueva fiscalidad que entr¨® en vigor en el archipi¨¦lago en enero pasado. Por su parte, el consejero de Econom¨ªa y Hacienda del Gobierno aut¨®nomo, Jos¨¦ Miguel Gonz¨¢lez, advirti¨® que el auto no ha afectado a la recaudaci¨®n, cifrada en unos 30.000 millones de pesetas para este a?o. "La obligaci¨®n tributaria sigue existiendo", se?al¨® Gonz¨¢lez, en tanto los empresarios se reservan la posibilidad, una vez hayan estudiado en profundidad el auto, de no pagar dichos impuestos.
?ngel Ferrera, presidente de la C¨¢mara de Comercio de Las Palmas, mostr¨® ayer su satisfacci¨®n porque en el citado auto, seg¨²n dijo, se se?ala que existen "indicios de buen derecho" en los argumentos del recurso presentado por su entidad.
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