La querella de KIO contiene datos suficientes para investigar responsabilidades, dice el tribunal
La resoluci¨®n de la Audiencia Nacional que ordena tramitar la querella de KIO contra Javier de la Rosa afirma que el escrito en el que se describen "correctamente" las conductas de los imputados "ofrece datos suficientes para determinar las posibles responsabilidades, tras la investigaci¨®n correspondiente". El tribunal reconoce la gravedad y complejidad de los hechos y, "consciente de su trascendencia social y econ¨®mica y su difusi¨®n internacional", estima adecuado dirigirse a las autoridades de la Administraci¨®n de Justicia para que adopten las medidas que el caso requiere.
La resoluci¨®n revoca todos y cada uno de los pronunciamientos del juez de delitos monetarios, Miguel Moreiras, en ocasiones corrige con severidad algunos de sus argumentos y termina orden¨¢ndole admitir a tr¨¢mite la querella y "practicar las dlligencias que estime adecuadas, as¨ª como las que su celo le sugiera". La querella fue tramitada por los abogados Jos¨¦ Mar¨ªa Stampa Braun, Jos¨¦ Mar¨ªa Stampa Casas y Jes¨²s Fern¨¢ndez Miranda. Posteriormente, se han unido Miguel Bajo y Manuel Cobo del Rosal.Los magistrados de la Audiencia coinciden con Miguel Moreiras en que en la legislaci¨®n espa?ola no se contempla el delito de "administraci¨®n fraudulenta' , pero agregan que la querella no se ha presentado por ese delito, como se deduce de su simple lectura. En cambio, consideran que los hechos documentados en la querella est¨¢n "rnuy concretamente tipificados en el C¨®digo Penal" como delitos de falsedad en documento mercantil y documento p¨²blico, estafa, apropiaci¨®n indebida, maquinaciones para alterar el precio de las cosas y denuncia por un delito fiscal.
"Todos los hechos vienen suficientemente documentados con la designaci¨®n de personas, fechas, lugares y cuant¨ªas que han sido defraudadas, por un total estimado en principio en m¨¢s de 100.000 millones de pesetas", agrega el tribunal, que considera que no s¨®lo est¨¢n "correctamente descritas las conductas, -todas ellas con una prueba indiciar¨ªa pero objetiva-, sino que se dan datos suficientes para que, tras la investigaci¨®n, puedan determinarse responsabilidades".
Tambi¨¦n ha sido rechazada la tesis del juez Moreiras de que s¨®lo se podr¨ªa actuar contra Javier de la Rosa en v¨ªa penal si del juicio que se sigue por la suspensi¨®n de pagos de Torras en un juzgado civil de Madrid se acreditase la insolvencia fraudulenta.
Respecto a este razonamiento, se estima que los eventuales delitos son propios de los directivos que ostentan la administraci¨®n y no coinciden con el hecho objeto del procedimiento univer sal, sino que constituyen hechos distintos, "lo que determina la necesidad de procedimientos paralelos".
Por tanto, a¨²n trat¨¢ndose de diferentes procesos, tramitados en jurisdicciones distintas, el juicio universal no puede ser obst¨¢culo a la admisi¨®n de la querella. En la hip¨®tesis de una ulterior declaraci¨®n de insolvencia fraudulenta, tampoco ¨¦sta presupondr¨ªa una desviaci¨®n en cuanto a los hechos de la querella.
El tribunal corrige severamente tambi¨¦n dos de los argumentos predilectos de Moreiras. Tras coincidir con ¨¦l en que "la espectacularidad de los hechos no espunible" discrepan del juez al no considerara que el querellante aludiera a ella "en tal concepto"."La gravedad de los hechos" a?aden, "debe ser contemplada exclusivamente por el juez en cuanto a su inclusi¨®n en un tipo penal".
La honra de De la Rosa
Respecto a la "honra u honor" de De la Rosa y dem¨¢s gestores de Torras, que, seg¨²n Moreiras, sufrir¨ªa "graves perjuicios" ante la opini¨®n p¨²blica con la "adrnisi¨®n indiscrimianda" de la querella, el tribunal entiende que el honor no puede servir de obst¨¢culo a la defensa "de intereses generales y de mayor trascencencia". En la misma l¨ªnea, el tribunal considera "parad¨®jico" que Moreiras admitiera que los ex gestores de Torras se personasen en una querella que no hab¨ªa sido admitida a tr¨¢mite.En contra tambi¨¦n de los pronunciamientos del juez de delitos monetarios, la Audiencia Nacional estima compatible la responsabilidad civil subsidiria de la empresa respecto a los altos directivos, con otras medidas de la misma o distinta naturaleza que puedan adoptarse contra los bienes de la empresa en el proceso penal. "Las medias son admisibles, lo que resultan limitados son los efectos de los embargos en el orden penal".
Tampoco consideran incompatible con la admisi¨®n de la querella el archivo de las diligencia previas relativas a la compra de un avi¨®n, que puede afectar a ese hecho pero no a los dem¨¢s.
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