Expediente a Antena 3 y Tele 5 por exceso de publicidad
La direcci¨®n general de Telecomunicaciones ha abierto un expediente administrativo a las cadenas privadas Antena 3 Televisi¨®n y Tele 5, por rebasar "de manera notoria" el tiempo m¨¢ximo de emisi¨®n de publicidad que marca la directiva comunitaria sobre Televisi¨®n sin Fronteras.Seg¨²n esa norma, que est¨¢ en vigor en Espa?a desde el pasado mes de de julio, el tiempo dedicado a los anuncios no puede ser superior al 15% del tiempo diario de emisi¨®n. Adem¨¢s, por cada hora de programaci¨®n se puede emitir como m¨¢ximo 12 minutos de anuncios.
La apertura del expediente fue comunicada a las dos cadenas hace poco m¨¢s de un mes, y ambas han presentado alegaciones. Si no fueran admitidas, el expediente podr¨ªa desembocar en sanciones econ¨®micas, que necesitar¨ªan el acuerdo. del Consejo de Ministros.
Las dos cadenas fueron objeto de la apertura de otro expediente en marzo de 1993. Previamente, en 1991 y 1992, hab¨ªan sido apercibidas por la direcci¨®n general de Telecomunicaciones por haberse excedido en los 10 minutos de publicidad por hora que entonces marcaba la Ley de Televisiones Privadas. Estos expedientes quedaron anulados al aprobarse la aplicaci¨®n de la directiva comunitaria.
Antena 3 Televisi¨®n considera que no ha infringido la norma, seg¨²n coment¨® ayer un portavoz de esta emisora. La disparidad de criterios entre la Administraci¨®n y Antena 3 se refiere sobre todo a la autopromoci¨®n. En el expediente se considera autopromoci¨®n y, por tanto, publicidad, el "rodillo" de programaci¨®n que se emite de madrugada, mientras que la direcci¨®n de la cadena estima que eso no es publicidad, "ya que se trata de informaci¨®n".
La existencia del expediente se ha conocido justo un d¨ªa despu¨¦s de que la Uni¨®n de Consumidores de Espa?a (UCE) haya hecho p¨²blico un estudio en el que se demuestra que durante el pasado mes de septiembre todas las cadenas de televisi¨®n espa?olas, a excepci¨®n de TV-3, emitieron m¨¢s publicidad de la que permite la directiva.
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