La Audiencia Nacional decidir¨¢ el lunes si Conde y Roman¨ª siguen en prisi¨®n tras escuchar ayer a sus abogados
La Secci¨®n Segunda Penal de la Audiencia Nacional estudi¨® ayer los recursos de queja interpuestos por los abogados del ex presidente de Banesto Mario Conde y del ex vicepresidente Arturo Roman¨ª contra la prisi¨®n incondicional decretada contra ellos por el juez Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n. El recurso se celebr¨® a puerta cerrada y los tres magistrados terminaron ayer mismo su deliberaci¨®n, pero hasta el lunes no se sabr¨¢ si Conde y Roman¨ª contin¨²an en prisi¨®n o salen en libertad, bajo fianza o sin ella.Los recursos de Conde y Roman¨ª, defendidos por los abogados Miguel G¨®mez de Lia?o y Antonio Gonz¨¢lez-Cu¨¦llar se centraron en si la "alarma social" generada por el caso Banesto, unida a la penalidad que pudiera corresponderles por los delitos que se les imputan, justifican una medida cautelar como la prisi¨®n incondicional.
Seg¨²n fuentes de la Audiencia Nacional, el fiscal de delitos monetarios, Florentino Ort¨ª, se opuso a los recursos de los letrados y pidi¨® que se mantuviese en en prisi¨®n. Los abogados defensores combatieron los argumentos de los autos de prisi¨®n dictados por el juez Garc¨ªa-Castell¨®n y que el juez confirm¨® posteriormente al analizar los recursos de reforma. Los abogados declinaron comentar el contenido de sus alegaciones con el pretexto de no vulnerar el secreto del sumario.
La vista del recurso se prolong¨® durante dos horas y media y a continuaci¨®n los tres magistrados se reunieron a deliberar bajo la presidencia de Jos¨¦ Antonio Jim¨¦nez Alfaro. La resoluci¨®n respecto a Conde ser¨¢ redactada por el magistrado Jorge Campos Mart¨ªnez, recientemente adscrito a la Audiencia, y el ponente del recurso de Roman¨ª ser¨¢ Jos¨¦ Ricardo Prada Solaesa.
Conde y Roman¨ª fueron encarcelados el 23 y el 15 de diciembre, respectivamente, acusados de delitos de estafa y apropiaci¨®n indebida. Esta situaci¨®n, que fue confirmada d¨ªas despu¨¦s, puede ser revocada ahora por el tribunal, o m¨¢s adelante por el propio juez instructor, en cualquier momento del proceso. El plazo m¨¢ximo de tiempo de estancia en prisi¨®n provisional sin juicio es de cuatro a?os.
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