Barrionuevo conf¨ªa en la nulidad del "caso GAL" y en que el secuestro de Marey est¨¢ prescrito
El ex ministro del Interior Jos¨¦ Barrionuevo, que proseguir¨¢ el pr¨®ximo d¨ªa 4 los careos con quienes le imputan responsabilidades penales en la guerra sucia contra ETA, conf¨ªa en que las irregularidades del caso GAL producir¨¢n su nulidad, seg¨²n su criterio y el de su letrado, Pablo Jim¨¦nez de Parga. El abogado recuerda que el Supremo tendr¨¢ que pronunciarse sobre la nulidad de actuaciones y no descarta que Barrionuevo alegue que la inducci¨®n del secuestro de Segundo Marey ha prescrito para ¨¦l. El letrado cree que la causa se aparcar¨¢ durante la campa?a electoral.
El descanso navide?o del caso GAL ha servido al ex ministro del Interior, Jos¨¦ Barrionuevo, y a su abogado, para renovar su optimismo, hasta el punto de que unos d¨ªas antes de que Eduardo M¨®ner, juez de instrucci¨®n del caso GAL, decidiera el careo con el ex dirigente socialista Ricardo Garc¨ªa Damborenea, el letrado consideraba improbable que se produjera.En cuanto a la futura tramiaci¨®n de la causa, Jim¨¦nez de Parga es de los convencidos de que durante la campa?a electoral los procesos, como el de los GAL, que afectan a aforados, quedar¨¢n aparcados. En apoyo de este criterio, que otros discuten, existe el precedente de la etapa en que presidi¨® la Sala Segunda del Tribunal Supremo Enrique Ruiz-Vadillo. As¨ª ocurri¨® con el caso Filesa en 1993. El juez M¨®ner ha manifestado su prop¨®sito de consultar con el presidente de la sala, Fernando Cotta, quien es muy probable que en los pr¨®ximos d¨ªas convoque al pleno de la misma.
Por el momento, la estrategia defensiva de Barrionuevo se centra en negar con la m¨¢xima firmeza y credibilidad posible -el juez M¨®ner ha matizado la diferencia existente entre una y otra impresi¨®n- las imputaciones que se le hacen, en especial en los careos. Hasta ahora, los realizados tanto con el ex gobernador de Vizcaya, Juli¨¢n Sancrist¨®bal, como con el ex jefe de Polic¨ªa de Bilbao, Francisco ?lvarez, han terminado en tablas en cuanto a firmeza, mientras que el juez M¨®ner va formando criterio sobre la credibilidad que le merece el imputado. El procesamiento o no de Barrionuevo depender¨¢ mucho de ese criterio.
Bazas defensivas
A m¨¢s largo plazo, Barrionuevo y su abogado guardan bazas defensivas que ir¨¢n desplegando estrat¨¦gicamente. Seg¨²n Jim¨¦nez de Parga, algunas de ellas ni siquiera ser¨¢ necesario que las esgrima Barrionuevo, porque ya est¨¢n planteadas. As¨ª, el catedr¨¢tico de Derecho Penal Manuel Cobo del Rosal, abogado del ex secretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera, invoc¨® la retenci¨®n por parte de Garz¨®n, desde diciembre de 1994, de un sumarlo en el que aparec¨ªan imputadas personas aforadas. El Tribunal Constitucional rechaz¨® el recurso de amparo de Vera -que aleg¨® tal nulidad-, por estimarlo prematuro, pero no se pronunci¨® sobre el fondo, hasta que resuelva el ¨®rgano judicial competente.Otro argumento que la defensa de Barrionuevo guarda en la reserva es la prescripci¨®n del secuestro de Marey. Lo guarda, en primer lugar, porque conf¨ªa en que no sea procesado, y en segundo; porque, como record¨® Pablo Jim¨¦nez de Parga, "la prescripci¨®n del delito puede ser aplicada de oficio por el tribunal".
El letrado a?ade que ya est¨¢ alegada por otros procesados, contra los que, como ocurre con Barrionuevo, tampoco se hab¨ªa dirigido la acci¨®n penal durante 10 a?os, desde que se cometi¨® el delito, en diciembre de 1983. La reactivaci¨®n del caso GA L fue impulsada por el fiscal Ignacio Gordillo en 1993, poco antes de que transcurrieran los 10 a?os, si bien en ese momento la acci¨®n penal s¨®lo se dirigi¨® contra Amedo y Michel Dom¨ªnguez.
Jim¨¦nez de Parga comenta que entre los penalistas que conocen el caso est¨¢ asumido que el secuestro de Marey -en el que se han centrado hasta ahora los careos de Barrionuevo ordenados por el juez M¨®ner- ha prescrito. De ah¨ª que el razonamiento aducido por Garz¨®n ante el Supremo para explicar la credibilidad dada a las ¨²ltimas declaraciones de varios de los procesados en el caso GAL "se cae por su peso seg¨²n este abogado. La argumentaci¨®n de Garz¨®n fue que, frente a las declaraciones que lo negaron todo, "debe darse m¨¢s valor a la declaraci¨®n inculpatoria por sus propias consecuencias negativas para el que la hace". Jim¨¦nez de Parga contraargumenta que "poco autoinculpatoria es la declaraci¨®n que reconoce la participaci¨®n en un delito prescrito".
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