Vuelta a la censura
NO HAY Estado sin secretos. Los secretos suelen ser por definici¨®n inconfesables, pero a veces esconden adem¨¢s hechos delictivos. Y el conflicto surge cuando llegan a o¨ªdos de un juez que instruye un sumario. ?ste es el escenario en el que el Gobierno del PP ha elaborado el borrador de Ley de Secretos Oficiales. Visto el texto, parece evidente que era malo el momento elegido -GAL y papeles del Cesid por medio- y, quiz¨¢ como consecuencia, es malo el borrador. El anteproyecto combina el art¨ªculo de actualidad con cuestiones de fondo. En el primer apartado zanja dudas como la planteada por la pretensi¨®n de un juez de llamar a declarar a los parlamentarios miembros de, la Comisi¨®n de Secretos Oficiales, y precisa taxativamente que no podr¨¢n prestar declar¨¢ci¨®n sobre aquello que conozcan en funci¨®n de su pertenencia a esa comisi¨®n, lo cual parece obvio. Y es verdad que el Gobierno ha actuado conforme a la legalidad vigente al negarse a desclasificar lo que hab¨ªa sido clasificado como secreto por el anterior Ejecutivo; pero para que esa decisi¨®n, adem¨¢s de legal y pol¨ªticamente prudent¨¦, fuera un paso adelante en la consolidaci¨®n del Estado de derecho, deber¨ªa completarse con las modificaciones legales necesarias para que conflictos de esa naturaleza tuvieran un cauce institucional de resoluci¨®n. Nada de ello se ha hecho. Ah¨ª -en el fondo del decreto, y no en lo meramente coyuntural- es donde el texto produce algo m¨¢s que inquietud. Si el mayor problema planteado por la existencia de secretos oficiales es que debe existir alguna forma de control externo que evite el abuso por parte del Gobierno de su facultad para definir unilateralmente qu¨¦ cosas son sustra¨ªdas al principio general de escrutinio p¨²blico, el anteproyecto no s¨®lo no introduce ning¨²n elemento corrector de esa unilateralidad, sino que la refuerza; en todo y hacia todo, pero muy espec¨ªficamente en lo que respecta a la prensa.La bater¨ªa de sanciones administrativas previstas para los medios que publiquen materiales considerados secretos por el poder s¨®lo puede interpretarse como una gen¨¦rica advertencia disuasoria de entrar en determinados asuntos. Una- primera lectura -de nuevo, el GAL - apuntar¨ªa a un intento de tapar el pasado; pero parece l¨ªcito preguntarse si no se trata, aprovechando el viaje, de una decisi¨®n del actual Gobierno para prote gerse frente a eventuales situaciones comprometidas que podr¨ªan afectarle en el futuro. Equivoca el anteproyecto, adem¨¢s, el sujeto elegido para las sanciones. Los funcionarios pueden ser infieles en la custodia de sus secretos; los periodistas s¨®lo caer¨ªan en la infidelidad si no contaran lo que saben. P¨®nganse a ello, por supuesto, todas las cautelas debidas al sentido com¨²n y a la honestidad; pero decididas por cada responsable del medio de comunicaci¨®n, y no por el Gobierno.
Todo el borrador destila un tono autoritario en la forma de entender la gobernaci¨®n de un Estado que debe preocupar a cualquier dem¨®crata., Como ejemplo, emboscada en el texto, aparece una exhumaci¨®n de la censura previa. La autoridad responsable de la protecci¨®n de los secretos oficiales, dice el borrador, deber¨¢ "notificar a los directores o responsables de los medios de comunicaci¨®n social la naturaleza secreta de un asunto cuando prevean su posible publicaci¨®n". Por supuesto que la publicaci¨®n de materiales que comprometan la seguridad deber¨¢ tener una sanci¨®n penal; pero de acuerdo con las garant¨ªas del proceso, y no por decisi¨®n unilateral del Gobierno. El C¨®digo Penal ya establece (art¨ªculos 598 al 603) qu¨¦ cosas son delitos de "descubrimiento y revelaci¨®n de secretos e infonnaciones relativas a la defensa nacional" y las penas correspondientes. Pero no podr¨¢ haber condena sin un juicio contradictorio en el que se establezca si realmente la difusi¨®n de esas informaciones atenta contra la seguridad nacional.
El ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja, dijo ayer que al final de su tramitaci¨®n, la ley ser¨¢ "razonable y democr¨¢tica". Lo que equivale a reconocer que el anteproyecto no lo es y que es necesaria su modificaci¨®n en el Parlamento. Esperemos que, al final del proceso, esta ley no nos recuerde ¨¦pocas preconstitucionales.
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