El Supremo absuelve a Juan Guerra del uso del despacho en la Delegaci¨®n del Gobierno en Sevilla
La Sala Segunda del Supremo ha revocado la condena de un a?o y seis meses de prisi¨®n impuesta por la Audiencia de Sevilla al ex militante del PSOE Juan Guerra, hermano del ex vicepresidente del Gobierno Alfonso Guerra, por un delito de usurpaci¨®n de funciones derivado del supuesto uso particular de un despacho oficial en la Delegaci¨®n del Gobierno en Andaluc¨ªa. La sentencia, que ser¨¢ dada a conocer previsiblemente hoy, fue adoptada por unanimidad de los tres magistrados que juzgaron el recurso de casaci¨®n. Tras revocar el fallo, el Supremo ha absuelto al acusado.
El caso Guerra fue el primero de la larga serie de esc¨¢ndalos que afectaron al PSOE. El 1 de febrero de. 1990, Alfonso Guerra tuvo que comparecer en el Congreso para dar explicaciones sobre el uso del despacho por su hermano.La sentencia de la Audiencia de Sevilla declar¨® probado que Juan Guerra, entonces afiliado al PSOE, comenz¨® a prestar servicios por cuenta del partido en julio de 1982 a cambio de una retribuci¨®n anual de 701.824 pesetas. Qued¨® adscrito como asistente de su hermano Alfonso, en su calidad de vicesecretario del PSOE y diputado por Sevilla.
En noviembre de 1989 fue adscrito al departamento de Seguridad. Le correspondi¨® la coordinaci¨®n, desde Sevilla, de viajes, traslados y desplazamientos, en un principio en la sede del PSOE y posteriormente, cuando su hermano fue nombrado vicepresidente del Gobierno, en la Delegaci¨®n del Gobierno en Sevilla. El objetivo era atender los asuntos del vicepresidente.
Seg¨²n la sentencia de Sevilla, Juan Guerra "se atribuy¨® cualidades y facultades que no ten¨ªa" y "asumi¨® t¨¢citamente la categor¨ªa de secretario de la Delegaci¨®n". Para los magistrados sevillanos, Guerra "se dot¨® de una apariencia, de unas facultades y de una especie de poder, derivado de la funci¨®n que simulaba desempe?ar que por su ostentaci¨®n, y dado el ambiente que le rodeaba, induc¨ªa a enga?o a un gran n¨²mero de personas que le visitaban".
Con base en esos motivos, la Audiencia, en sentencia de la que fue ponente el magistrado Agust¨ªn del R¨ªo, le conden¨® por un delito de "usurpaci¨®n de funciones" al entender que para la existencia de dicho delito "no es necesario que la usurpaci¨®n vaya acompa?ada de un enga?o, beneficio o lucro personal".
Juan Guerra fue sin embargo absuelto del delito de malversaci¨®n de caudales que le imputaron las acusaciones de Izquierda Unida, Partido Andalucista y el empresario Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos. El tribunal entendi¨® que de los hechos no se desprend¨ªa en absoluto que Juan Guerra "tuviera la consideraci¨®n de funcionario p¨²blico".
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Joaqu¨ªn Mart¨ªn Canivell, se deliber¨® el pasado d¨ªa 15 en secci¨®n, es decir, sin vista p¨²blica. Los magistrados estudiaron el recurso de casaci¨®n de Juan Guerra, basado en dos motivos- la indebida aplicaci¨®n del art¨ªculo 320.1 del C¨®digo Penal -relativo al delito de usurpaci¨®n de funciones y la imposici¨®n de las costas del juicio, incluidas las de las acusaciones particulares. El ministerio fiscal tambi¨¦n present¨® recurso de casaci¨®n contra la misma condena.
En su sentencia, la Sala Segunda no ha apreciado ni uno s¨®lo de los requisitos del delito de usurpaci¨®n de funciones que fundamentaron la condena de la Audiencia de Sevilla.
Juan Guerra ha protagonizado una de las sagas judiciales m¨¢s abundantes de los ¨²ltimos a?os, y que mayores efectos pol¨ªticos han acarreado, entre otros, la dimisi¨®n de su hermano, Alfonso Guerra, como vicepresidente del Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez.
La ¨²tima condena se produjo el 13 de octubre del pasado a?o, cuando, la titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 4 de Sevilla, Esperanza Jim¨¦nez, lo conden¨® a dos a?os de c¨¢rcel y una multa de 50 millones por haber defraudado a Hacienda 42 millones.
La primera de las condenas se produjo en diciembre de 1992, cuando fue castigado a un a?o y medio de prisi¨®n por defraudar al Tesoro 43 millones, resoluci¨®n que la Audiencia Nacional anul¨® posteriormente por falta de pruebas.
En junio de 1994, el Supremo conden¨® a Guerra a seis a?os de inhabilitaci¨®n como inductor de un delito de prevaricaci¨®n cometido en la localidad sevillana de Alcal¨¢ de Guadaira: el tribunal consider¨® que el Ayuntamiento, de mayor¨ªa socialista, dispens¨® "trato de favor" en la recalificaci¨®n de una parcela comprada por Guerra a Ensidesa.
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