El lenguaje de las leyes actuales
Hay quien opina que la calidad del lenguaje de las leyes que emanan del Congreso de los Diputados y del Senado est¨¢ hoy, como regla casi general, bastante alejada de lo deseable. No es preciso convertirse en atento observador de los escritos parlamentarios de car¨¢cter normativo para apreciar en ellos con cierta frecuencia defectos l¨¦xicos, ortogr¨¢ficos, sem¨¢nticos y hasta gramaticales, por no aludir a los de estructura y contenido formal.El problema no es menor al conectarse de forma acusada con la pulcritud y la belleza de la palabra escrita, metas a las que debe aspirar toda obra legislativa, al igual que cualquier obra humana que desemboque en aqu¨¦lla. Pero ah¨ª no se agota. La correcta redacci¨®n de las leyes se vincula estrechamente a valores estelares como el de la seguridad jur¨ªdica, el de la interdicci¨®n de la arbitrariedad de los poderes p¨²blicos y el del reino de la legalidad. Por si alguien pudiera considerar lo dicho balad¨ª, el profesor Prieto de Pedro ha recordado que el correcto escribir legislativo forma parte del papel promocional de la cultura que la Constituci¨®n de 1978 conf¨ªa a los poderes p¨²blicos. "En el empleo de la lengua", afirma, "los poderes p¨²blicos no pueden permanecer ajenos a la correcci¨®n ling¨¹¨ªstica; el Estado de cultura tiene un compromiso claro de respeto en la emisi¨®n de sus propios actos de lenguaje -y, en particular, en la redacci¨®n de las normas jur¨ªdicas- a las reglas de la gram¨¢tica, columna vertebral de toda lengua".
La llamada t¨¦cnica legislativa constituye el conjunto de reglas y mecanismos ideados al servicio de la m¨¢s correcta redacci¨®n de las leyes. La atenci¨®n que se le ha prestado ha sido creciente en los sistemas democr¨¢ticos contempor¨¢neos y ha enraizado tanto dentro de la instituci¨®n parlamentaria como fuera de ella. Sin embargo, los parlamentos han sido los portadores principales de la antorcha de esta t¨¦cnica y sus fines. Paradigma es el caso italiano, donde en la C¨¢mara de Diputados existe un Ufficio per la redazione tecnica dei tesfi normativi y en el Senado el Servizio per la redazione e la revisione dei testi legislativi e dei documenti con la misi¨®n de cuidar de la correcci¨®n ling¨¹¨ªstica de los textos legales.
Desgraciadamente, no se puede decir lo mismo con respecto a los poderes p¨²blicos en Espa?a. En efecto, en nuestro pa¨ªs se ha concedido por lo general escasa atenci¨®n a la t¨¦cnica legislativa, incluso alguna vez despreciada con crasa miop¨ªa. No obstante, en el terreno gubernamental es destacable el acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de octubre de 1991 "por el que se aprueban las directrices sobre la forma y estructura de los anteproyectos de ley", iniciativa tan encomiable como poco fruct¨ªfera a la luz de lo que llega a las Cortes Generales. Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado y el Consejo Econ¨®mico y Social, particularmente con ocasi¨®n de los proyectos de ley llamados de acompa?amiento presupuestario, -dislates de t¨¦cnica legislativa, adem¨¢s de portadores de otras m¨¢culas jur¨ªdicas de mayor fealdad-, han esbozado pasos en pro de la mejora de la redacci¨®n de nuestros textos legales. Poca cosa, empero, para tarea tan grande y punzante.
No tendr¨ªa mucha importancia lo anterior si el Congreso y el Senado desempe?ar¨¢n papel de primera l¨ªnea en favor de la mejor estructura y redacci¨®n de las leyes emanadas de ellos. Sin embargo, y a pesar del inter¨¦s y desaz¨®n reinantes en c¨ªrculos parlamentarios en este punto, las C¨¢maras, seg¨²n mi parecer, no se han preocupado todav¨ªa lo suficiente de la materia a la que me refiero y, por seguido, no se han establecido propiamente los mecanismos encauzadores de tal preocupaci¨®n. Ante lo cual, causa cierto sonrojo que instituciones parlamentarias de habla espa?ola, como la Asamblea Legislativa de Costa Rica, con menos medios y quiz¨¢ motivos que los nuestros, cuenten con una Secci¨®n de Filolog¨ªa servida por funcionarios y con una Comisi¨®n de Redacci¨®n, ¨®rgano que debe revisar todo proyecto de ley tras su primera lectura o debate inicial, fiel exponente ello de su preocupaci¨®n por la mejor elaboraci¨®n de las leyes.
A mi modo de ver, el problema se ha te?ido ya de unos caracteres que reclaman la atenci¨®n decidida de nuestra C¨¢maras. Tal atenci¨®n deber¨ªa canalizarse, seg¨²n mi limitado criterio, en un doble plano.
El primero de ellos es el del establecimiento de un marco normativo general donde se fijen las exigencias t¨¦cnico-legislativas que deban ser respetadas siempre. La instrucci¨®n de la Presidencia o de la Mesa, seg¨²n el enfoque que se quisiera dar a este cuerpo normativo, que abordara tal materia tendr¨ªa que ocuparse de la estructura l¨®gica y formal de los proyectos de ley, de su l¨¦xico, ortograf¨ªa, reglas gramaticales y estil¨ªsticas, de la sem¨¢ntica, sin olvidar lo relativo a la delimitaci¨®n del contenido de la iniciativa en cuanto a la unidad del objeto, complitud de la regulaci¨®n, remisiones y cita de otras disposiciones, entre otros extremos.
Pero aqu¨ª no acaban los instrumentos parlamentarios que hay que dise?ar en favor de la inaplazable mejora de la t¨¦cnica legislativa. Considero que con la aprobaci¨®n de la instrucci¨®n a la que me refer¨ªa en el p¨¢rrafo anterior no basta. Es preciso atribuir a un ¨®rgano parlamentario, o bien nuevo o ya existente, en ambos casos dotados del imprescindible asesoramiento, la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la normativa aludida. Ser¨ªa, por otro lado, un paso significativo en la tarea propuesta que figurara una menci¨®n a ella en el nuevo Reglamento del Congreso hoy en gestaci¨®n avanzada.
Me cabe el inmenso honor de haber pasado muchas horas al servicio del Congreso. Por eso s¨¦ de la dificultad de poner manos en la obra que sugiero. Pero tambi¨¦n s¨¦, por un lado, que el deterioro de la t¨¦cnica legislativa ha llegado ya en alguna ocasi¨®n a extremos abrasivos y, por otro, que el Congreso y el Senado se encuentran actualmente empe?ados a trav¨¦s de sus ¨®rganos rectores en fortalecer su funci¨®n y sus medios. Soy de la opini¨®n de que la mejora de la t¨¦cnica legislativa debe tener su huequecito dentro de tan loable y necesaria tarea.
No olvidemos que, como escribe Octavio Paz, "la lengua es un signo, el signo mayor de nuestra condici¨®n humana", y que, a la postre, "la palabra es nuestra morada. En ella nacimos y en ella moriremos".
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