El Supremo declara legales las subvenciones al doblaje en catal¨¢n
El Tribunal Supremo ha ratificado en una sentencia hecha p¨²blica ayer que ante la "evidente inferioridad" de la producci¨®n cinematogr¨¢fica en catal¨¢n, la concesi¨®n de subvenciones por parte de la Generalitat para aumentar los estrenos de filmes doblados al catal¨¢n no puede considerarse discriminatoria respecto al castellano. La sentencia confirma la legalidad de una orden de 1989 del Departamento de Cultura por la que se convocaba un concurso para subvencionar "iniciativas destinadas a aumentar estrenos comerciales de largometrajes doblados en catal¨¢n". La convocatoria establec¨ªa que se valorar¨ªa, entre otros extremos, "el compromiso de la empresa solicitante de realizar el doblaje y copiado en Catalu?a". Seg¨²n otra base, los adjudicatarios deber¨ªan "estrenar las pel¨ªculas en su versi¨®n catalana y distribuirla en Catalu?a, ¨²nicamente en esta versi¨®n, en el periodo de seis meses a partir del estreno". La Administraci¨®n del Estado recurri¨® contra esta orden al entender que vulneraba el art¨ªculo 3 de la Constituci¨®n, conforme al cual el castellano es la lengua oficial del Estado, as¨ª como el derecho a la igualdad. El Supremo recuerda que no puede considerarse discriminatoria una pol¨ªtica de subvenciones a la actividad cinematogr¨¢fica que trate de conseguir "la potenciaci¨®n de un bien cultural de car¨¢cter fundamental como es el idioma". PASA A LA P?GINA 6
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