El Tribunal Europeo estudia los incentivos fiscales vascos
El Gobierno vasco y las diputaciones forales se pusieron la venda antes de la herida, anticip¨¢ndola como un golpe a la soberan¨ªa tributaria vasca reconocida por el Concierto Econ¨®mico. Sin embargo, el varapalo de la comisi¨®n no pone en entredicho la capacidad normativa del Pa¨ªs Vasco en materia fiscal, como subrayaron el comisario Marcelino Oreja y el propio responsable de la Competencia, Karel van Miert. ?ste precis¨® que no se ha cuestionado "la legalidad del r¨¦gimen fiscal, sino una aplicaci¨®n individual del mismo".Donde est¨¢ en examen la capacidad soberana de los territorios forales para conceder beneficios fiscales a las empresas es en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJE) con sede en Luxemburgo. La corte europea est¨¢ a punto de pronunciarse sobre una cuesti¨®n prejudicial (consulta) planteada en julio de 1997 por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco, en relaci¨®n a un recurso presentado por el Gobierno central contra las medidas forales de apoyo a la inversi¨®n e impulso de la actividad econ¨®mica aprobadas en 1993.
Libre establecimiento
En la consulta, promovida por el ministerio fiscal, se pregunta si a juicio del Tribunal de Luxemburgo esta normativa vulnera los art¨ªculos 52 y 92 del Tratado de Roma, referidos a los principios de libre establecimiento y circulaci¨®n de bienes y libre competencia, respectivamente. El motivo es que a estas ayudas fiscales s¨®lo pod¨ªan acogerse las empresas que tributaran de forma exclusiva a las haciendas forales o tuvieran en la comunidad aut¨®noma su domicilio fiscal o realizaran en ella m¨¢s del 25% de su volumen total de operaciones, excluyendo como "beneficiarios de dichas medidas a las dem¨¢s personas f¨ªsicas y jur¨ªdicas residentes en el propio Estado o en otro Estado miembro de la Comunidad Europea".
La inquietud de las diputaciones y del Gobierno vascos ante esta cuesti¨®n pendiente subi¨® varios grados a principios de a?o, cuando se conoci¨® que el informe del relator (ponente) del Tribunal de Justicia europeo era desfavorable a las tesis vascas. Un pronunciamiento contrario supondr¨ªa una grave limitaci¨®n a la capacidad de las haciendas forales para establecer incentivos a la inversi¨®n, como han hecho hasta ahora.
Sus iniciativas, en casi todos los casos, han dado lugar a impugnaciones ante los tribunales por parte del Gobierno central o los de las comunidades aut¨®nomas lim¨ªtrofes, por considerar que romp¨ªan la unidad de mercado. Pero en todos los litigios, excepto uno, las resoluciones judiciales han sido favorables a las haciendas vascas.
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